Boletines/Mercedes

Resolución Nº337/2021

Resolución Nº 337/2021

Mercedes, 05/05/2021

Visto

El expediente N° 7798 del año 2018 caratulado: “FURNUS FACUNDO S/ SOLICITA PLAN VIVIENDA O TERRENO”, y

Considerando

Que en el Sexto Sorteo del Programa “Mi Terreno” realizado en el Teatro “Julio César Gioscio”, el día 14 de diciembre de 2020 a las 10hs, con la presencia del escribano Público Juan Pablo Gianini; por el cual salieron sorteados en el cuarto lugar del sorteo general los Sres. FURNUS Facundo y D´AGOSTINO CORNEJO María Macarena;

Que a los fines de garantizar el cumplimiento de requisitos de la Ordenanza Municipal N° 7982/2017, se solicita copia de Índice de Titulares de todos los beneficiarios, de los cuales el de la Sra. D´AGOSTINO CORNEJO surge un inmueble a su favor; por lo que se le corrió traslado mediante cédula de notificación a los fines se expida sobre la prueba producida;

Que la Sra. DÁGOSTINO CORNEJO en su descargo manifiesta que en efecto posee 1/3 indiviso del inmueble Matrícula 10617 del Partido de Mercedes (71), el mismo se encuentra afectado por un usufructo vitalicio y gratuito a favor de Ernesto Carlos D´AGOSTINO y Natalia CORNEJO, y adjunta copia de la escritura.-

Que como autoridad de aplicación del Programa MI TERRENO, por mi carácter de Directora de Tierras y Hábitat, a partir de las facultades que me confiere el Decreto Reglamentario N°1987, donde en el artículo 2° del Anexo me habilita a realizar todas las acciones tendientes y complementarias que resulten necesarias para el cumplimiento de sus fines, es que

RESUELVO:

Artículo 1°: Considerar válido el descargo formulado y declarar la continuidad de los Sres. FURNUS Facundo con DNI 36.050.317 y D´AGOSTINO CORNEJO María Macarena con DNI 36.050.363 en el Programa MI TERRENO, atento que no resuelve el problema habitacional.-

Artículo 2°: Notifíquese con transcripción de los arts. 65 y 86 de la Ordenanza General 267/80.-

Artículo 3°: En caso que estime corresponder, hágase las modificaciones pertinentes en el listado de aspirantes (Art. 5° anexo Decreto 1405/18).