Boletines/Mercedes

Resolución Nº343/2021

Resolución Nº 343/2021

Mercedes, 11/05/2021

Visto

El expediente Nº 3960 del año 2019 caratulado: “RODRIGUEZ HECTOR HUGO S/ PLAN VIVIENDA O TERRENO”, por el cual solicita acceder al Programa “Mi Terreno” junto a su pareja AMADO Camila Soledad, y:

Considerando

Que atento al cruzamiento realizado con la Secretaria de Desarrollo Social, surge que el Sr. RODRIGUEZ con DNI 20.390.962 junto a su señora se encuentran inscriptos al Programa “Mejora Habitacional”, del cual en el periodo del 25/09/2013 al 11/12/2013 se le entregaron materiales para la construcción de un inmueble con ánimo de vivienda permanente; y según surge de un informe del 16 de abril de 2014 que vendieron los materiales por lo que no correspondería una nueva asistencia;

Que con fecha 12 de enero del corriente se notificó a los peticionantes en razón de la prueba producida, que debía presentar descargo en el marco de la facultad de alegar otorgada por el artículo 56 de la Ordenanza General 267/80, en un plazo perentorio de 10 (diez) días de recibida, bajo apercibimiento de dar por consentida la misma, revistiendo por tal, absoluta validez con conformidad de su parte;

Que al estar debidamente notificados, habiéndose cumplidos los plazos y no obteniendo respuesta, se le vuelve a enviar nueva cedula con fecha 28 de enero de 2021 con los mismo términos que la anterior; de la cual tampoco se obtuvo alegato al día de la fecha obstaculizando así el proceso de investigación de cumplimiento de requisitos establecidos en la Ordenanza Municipal 7982/2017;

Que como autoridad de aplicación del Programa MI TERRENO, por mi carácter de Directora de Tierras y Hábitat, a partir de las facultades que me confiere el Decreto Reglamentario N° 1405/18, donde en el artículo 2° del Anexo me habilita a realizar todas las acciones tendientes y complementarias que resulten necesarias para el cumplimiento de sus fines, es que

RESUELVO:

Artículo 1°: Denegar la solicitud de ingreso al Programa “Mi Terreno” al Sr. RODRIGUEZ Héctor Hugo con DNI: 20.390.962 y de la Sra. AMADO Camila Soledad con DNI 38.524.374 por incomparecencia injustificada y obstrucción de investigación a los fines de corroborar el cumplimiento de los requisitos establecidos por Ordenanza 7982/17.-

Artículo 2°: Notifíquese mediante cédula y con transcripción del art. 65 y 86 de la Ordenanza General N° 267/80.-

Artículo 3°: Previo archivo, hágase las modificaciones pertinentes en el listado de aspirantes (Art. 5° anexo Decreto 1405/18)