Boletines/Mercedes
Decreto Nº 667/2021
Mercedes, 26/05/2021
Visto
Lo actuado en el Expediente Nº 2245/21, caratulado: “CLUB DEFENSORES JUNIORS s/ Solicita ayuda económica, y;
Considerando
Que en nota de fojas 1, el Presidente del Club Defensores Juniors, Señor Gil Mauricio Sebastián, solicita colaboración económica necesaria para la adquisición de materiales y mano de obra, que seran destinados a la obra de iluminación de la cancha de once que se encuentra en el predio deportivo del club.
Que en fojas 4, la Directora de Desarrollo Deportivo, adhiere a la solicitud efectuada considerando conveniente brindar la ayuda requerida.
Que existe partida presupuestaria disponible.
Por ello, el Señor INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades legales que le son propias:
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1º.- OTÓRGASE al Club Defensores Juniors, representada por su Presidente, Señor Gil Mauricio Sebastián, un subsidio por la suma total de PESOS DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS SETENTA Y TRES CON CUARENTA Y SEIS CENTAVOS ($294.773,46), que serán destinados para la colocación de dieciséis (16) luminarias en la cancha de futbol de once jugadores.
La asistencia aludida le será entregada a la entidad beneficiaria en forma parcializada en dos (2) etapas, conforme al diagrama que se cita a continuación, debiendo acreditar de modo fehaciente el avance de obra en cada etapa, para poder efectivizar el monto correspondiente a la siguiente:
ETAPA UNO MATERIALES |
Cable 2x4 (330 mts.) |
$75286.20 |
Térmica 4x40 (1) |
$939.11 |
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Disyuntores 2x40 (2) |
$3175.18 |
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Térmicas 2x16 (2) |
$830.28 |
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Tablero 600x600x100 con contra frente |
$13657.49 |
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Malla protectora (300 mts.) |
$15923.70 |
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Caja est. 165x165x80 (10) |
$7818.10 |
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Caño galv. CH18 3M 1 ACERT (10) |
$11544.40 |
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Subtotal |
$129.173,46 |
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ETAPA DOS MANO DE OBRA |
Zanjeo y colocación de cable subterráneo |
$78.000 |
Cableado de subida y colocación de luminaria |
$69.600 |
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Armado de tablero de distribución |
$18.000 |
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Subtotal |
$165.600,00 |
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TOTAL DE LA OBRA |
$294.773,46 |
ARTÍCULO 2º.- El importe mencionado en el artículo anterior deberá imputarse a la Jurisdicción 1110109000. Categoría Programática 32.02.00. Objeto del Gasto 5.1.7.0. Fuente de Financiamiento 110.
ARTÍCULO 3º.- La entidad recurrente deberá efectuar una rendición de cuenta en el plazo de 30 días posteriores al final de obra.
ARTÍCULO 4º.-Regístrese. Comuníquese. Dése al Digesto General. Cumplido, archívese