Boletines/Magdalena
Decreto Nº 951
Magdalena, 26/07/2021
Visto
Las actuaciones obrantes en el Expediente Letra S Nº 422/2021, referente a Licitación Privada 12/2021 para adjudicar la “MANO, MATERIALES Y EQUIPOS, NECESARIOS PARA LA CONSTRUCCION DE LA PRIMERA ETAPA DE NUEVA SALA DE CALDERAS Y EL NUEVO EDIFICIO PARA LA COCINA, LAVANDERIA Y DEPENDENCIAS DEL HOSPITAL SANTA MARIA MAGDALENA, PROVINCIA DE BS AS”.
Considerando
Que, el Acto de Apertura del Llamado contó con la participación de DOS (2) Empresa/Firma del ramo LLANOS, CARLOS MARCELO y PONCE, MARIO OSCAR, cuya documentación presentada en el Acto de Apertura reúne apropiadamente la totalidad de las exigencias del Pliego de Bases y Condiciones.
Que, visto el informe emanado por el Sr. Sub Secretario de Obras y Servicios Públicos a Fs. 188 considera que resulta conveniente a los intereses municipales la Oferta presentada por la empresa LLANOS, CARLOS MARCELO.
Que, visto el informe emanado por el Sr. Secretario de Hacienda Municipal a Fs. 188v avalando dicha Adjudicación.
Que, existiendo saldo favorable en la respectiva Partida Presupuestaria; por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL de MAGDALENA en uso de sus facultades
DECRETA
ARTICULO 1º: ADJUDICASE a la Empresa/Firma “LLANOS, CARLOS MARCELO” (CUIT Nº 20-21772222-6) por una suma total de PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS MIL CON 00/100 CVOS ($2.500.000,00) para adjudicar la “MANO, MATERIALES Y EQUIPOS, NECESARIOS PARA LA CONSTRUCCION DE LA PRIMERA ETAPA DE NUEVA SALA DE CALDERAS Y EL NUEVO EDIFICIO PARA LA COCINA, LAVANDERIA Y DEPENDENCIAS DEL HOSPITAL SANTA MARIA MAGDALENA, PROVINCIA DE BS AS” en un todo de acuerdo a la documentación que sirvió de base para el llamado a LICITACIÓN PRIVADA Nº 12/2021.-
ARTICULO 2º.- AFÉCTESE las erogaciones que se produzcan como consecuencia de la aplicación del Artículo Primero en la Jurisdicción 5.000, Programa 23 85/51 Partida 4.2.1.0 “Construcciones en bienes de dominio privado”, con Fuente de Financiamiento 110 de Origen Municipal del Presupuesto de Gastos para el Ejercicio 2021.-
ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda Cr. Andrés García.-
ARTICULO 4º: Comuníquese a quienes corresponda, dése al Registro Municipal y archívese
Fdo.
Lic. GONZALO PELUSO
Intendente Municipal
Fdo.
Cr. ANDRES GARCIA
Secretario de Hacienda