Boletines/Pilar

Decreto Nº657/17

Decreto Nº 657/17

Pilar, 02/03/2017

Corresponde al Expediente N° 19363/16

 Pilar,

Visto

Las actuaciones obrantes en el expediente municipal N° 4089-19363-2016, y

Considerando

Que, el expediente referido ha sido iniciado por el Ente Coordinador de Cooperativas para encomendarle en forma directa a una Cooperativa la provisión de materiales y mano de obra para la ejecución de la obra de infraestructura pública de 360 m2 de “Construcción de Veredas” en una sola mano de la calle Pedro Agustoni entre Guatemala y Honduras, Guatemala entre Pedro Agustoni y Santa Agueda y Guatemala entre Santa Agueda y Chile del Barrio Agustoni, de la ciudad Del Pilar, en concordancia con lo previsto en el artículo 132 inc. c) de la Ley Orgánica Municipal (Decreto Ley N° 6769/58).

Que, la presente contratacIón, cuenta con respaldo normativo de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 132 inc. c) de la Ley Orgánica Municipal, que en su parte pertinente reza: “Artículo 132°: Las obras públicas que se realicen por contrato con terceros, aún aquellas, respecto de las cuales se impone la percepción de su costo a los beneficiarios, sólo podrán ser adjudicadas cumplido el requisito previo de la licitación. Sin embargo podrán contratarse directamente, sin tal requisito, cuando:(...) c) Se trate de obras de infraestructura realizadas por cooperativas o asociaciones de vecinos. Las excepciones que determinan los incisos c) y g) precedentes sólo podrán ser autorizadas siempre que los vecinos lo peticionen en forma expresa y se cuente con la adhesión del sesenta (60) por ciento, como mínimo, de los beneficiarios de las obras.”

Que, por decreto del Departamento Ejecutivo n° 3972 de fecha 21/12/2016 obrante a fs. 17 del expediente municipal N° 19363/2016, se cumplimentó con establecido por el articulo mencionado en el párrafo anterior, acreditándose la adhesión de los vecinos beneficiarios de las obras.

Que, atento al informe obrante a fs.57 el Titular del Ente Coordinador de Trabajo y Cooperativismo el Sr. Miguel Gamboa sugirió la designación de la Cooperativa de Trabajo Nueva Unión Ltda., con domicilio legal en la calle Olavarría no 7612 Dpto. 1, Barrio La Loma, Del Viso, ciudad Del Pilar para la ejecución de las obras mencionadas.

Que, a fs 58 al 106 obra la documental de la cooperativa que se pretende contratar.

Que el presente procedimiento cuenta con respaldo presupuestario a fin hacer frente a las erogaciones propiciadas.

Que ha tomado la intervención de su competencia el servicio jurídico permanente del Departamento Ejecutivo.

Que compartiendo este Departamento Ejecutivo los criterios expuestos por los funcionarios inter-vinientes en estas actuaciones, corresponde en uso de las atribuciones que le acuerdan los arts. 132 y concordantes del Decreto Ley 6769/58, proceder a adjudicar la obra de “Construcción de Veredas” mencionado en el primer párrafo del considerando.

Que, el dictado del presente se hace en uso de las facultades conferidas por el Artículo 108. inc.17) del Decreto de Ley 6769/58.

El Intendente Municipal, en uso de sus ATRIBUCIONES

DECRETA

Artículo 1°: Adjudíquese la ejecución de la obra consistente en la construcción de veredas en una sola mano de la calle: Pedro Agustoni entre Honduras y Guatemala, Guatemala entre Agustoni y Santa Agueda y Guatemala entre Santa Agueda y Chile del Barrio Agustoni, de la ciudad Del Pilar, a la Cooperativa de Trabajo Nueva Unión Limitada, CUIT N° 30-71272000-6, por la suma de Pesos trescientos cuarenta y dos mil novecientos con 00/100 ($ 342.900,00).-

Artículo 2°: Propíciese la firma del contrato de locación de obra respectivo.

Artículo 3º: La erogación dispuesta precedentemente será imputada en la Jurisdicción 1.1.1.01.26.000 Ente Coordinador de Cooperativas, Fuente de Financiamiento 1.5.1 Crédito Interno Afectado, Categoría Programática 45.75 Construcción Veredas, Unidad Ejecutora 719 Ente Coordinador de Cooperativas, Objeto del Gasto 4.2.2 Construcción de Veredas, del Presupuesto de Gastos vigente.

Artículo 4°: Dese al Registro Municipal, pase a la Secretaría de Economía y Hacienda, Dirección de Compras, notifíquese y, con las debidas constancias archívese.