Boletines/General Lavalle

Decreto Nº39

Decreto Nº 39

General Lavalle, 16/01/2024

Visto

La presentación mediante nota nro. 07 del 2 de enero del 2024., de la Señora Marta Ethel Correa.

Considerando

Que, la peticionante fundamenta su solicitud en el hecho de ser discapacitada, acreditando dicha circunstancia con un certificado de Discapacidad extendido por el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, vigente desde el 4 de julio del 2023 hasta el mes de junio del 2033.

            Que, asimismo adjunta copia – debidamente constatada por el área de rentas- del título de propiedad automotor, DOMINIO KLW135, como de la restante documentación referida.

            Que, la Señora Silvia Puertas, Directora de Rentas, informa sobre la procedencia de la exención solicitada.

            Conforme lo dispuesto por la ordenanza fiscal nro. 2669/2023, en su artículo 156 2do. párrafo y concordantes, prevé el beneficio de    exención de dicha tasa;

            Que, como surge de lo detallado precedentemente, se encuentran acreditados todos los recaudos para la procedencia del pedido, resultando por una cuestión de inmediatez y economía de los recursos públicos, suficiente. 

Que, en consecuencia, corresponde el dictado del acto     administrativo por cuanto el solicitante reúne los extremos legales establecidos por la norma aludida anteriormente.
            Que el presente se dicta en virtud de las competencias otorgadas por el artículo 107º y concordantes del Decretos Ley  Nº 6769/58.

            El presente decreto será refrendado por la Secretaría Legal y Técnica.

EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES

 

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Declarase exento de del tributo automotor fijado por el art. 156 2do. párrafo de la ordenanza 2669/2023, a la Señora MARTA ETHEL CORREA, DNI. 5.318.616, con domicilio en la calle 9 de Julio 1440 de General Lavalle, con relación al vehículo DOMINIO KLW135, Chevrolet- Modelo Clasic 4 puertas, modelo 2011.

 

 

 

 

 

 

 

 

ARTICULO 2º.- La presente exención corresponde al año en curso 2024 o en su defecto de su transferencia, siendo responsabilidad de la beneficiaria de notificar tal modificación. Se deja constancia que, podrá ser revocada ésta cuando se determine falsedad en lo declarado por parte del interesado. -

ARTICULO 3º.- Dejase establecido que la transferencia a un tercero del vehículo exento, como asimismo la modificación de las condiciones de destino o afectación por las cuales se acordó la exención del impuesto, deberá ser comunicado dentro del plazo de quince (15) días de verificado cualquier cambio conforme al artículo 34 inciso b) del Código Fiscal Ley 10.397 (T.O. 2011). –

ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por la Secretaria Legal y Técnica.-

ARTICULO 5º: Cúmplase,  comuníquese  a  quién  corresponda  y  dése   al Registro Municipal.-

 

 

 

 

 

 

 

 

 

          ISABEL DOLORES RAJOY                                                                          NAHUEL ALFREDO GUARDIA

    SECRETARIA LEGAL Y TECNICA                                                                       INTENDENTE MUNICIPAL

 

DECRETO MUNICIPAL Nº                     / 2024.-