Boletines/General Lavalle

Decreto Nº85

Decreto Nº 85

General Lavalle, 24/01/2024

Visto

La Ordenanza Municipal Nº2672/2023 complementaria al presupuesto general al presupuesto general de gastos y cálculos de recursos para el ejercicio 2024, y;

Considerando

Que, en su artículo 22º establece : “…Fíjese el calor del módulo previsto para las “Horas cátedras” de los profesionales de la educación de planta temporaria en la suma de Pesos Un Mil Seiscientos diez ($ 1.610.-)…”

            Que, dicho monto surge del dictado del decreto 826/2023 de fecha 17 de Agosto de 2023, no habiéndose actualizado

            Que, es de público conocimiento el efecto erosionador que la inflación provoca en el poder adquisitivo en los salarios de los trabajadores y la familia municipal, siendo suficiente motivo para visibilizar la necesidad de actualizar dicho valor fijado a las horas cátedra.

            Que, la Ordenanza de referencia prevé la adecuación de la pauta salarial.

            Que, por lo expuesto el Departamento Ejecutivo ha resuelto elevar y fijar el monto del nuevo valor para la hora cátedra en la suma de PESOS DOS MIL ($ 2.000.-)

            Que, el mimos tendrá vigencia a partir del 1º de Enero de 2024, para el supuesto de contratos vigentes, los miso serán readecuados por adenda al contrato suscripto;

            Que, en consecuencia, corresponde el dictado del acto administrativo a fin de dar cumplimiento con la adecuación enunciada, siendo éste “Ad Referendum” de su aprobación por parte del Honorable Concejo Deliberante, siendo refrendado el presente por la Secretaria Legal y Técnica.

EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES

D E C R E T A

ARTICULO 1º: FIJESE el valor del módulo asignado a las horas cátedras en la suma de PESOS DOS MIL ($ 2.000.-) a partir del 1º de ENERO de 2024.

ARTICULO 2º: Los gastos originados en el presente decreto, serán imputados en las partidas correspondientes, de acuerdo a la proyección presupuestaria para el año en curso.

 

 

 

 

ARTICULO 3º: El presente decreto se dicta AD REFERENDUM del Honorable Concejo Deliberante

ARTICULO 4º: El presente Decreto será refrendado por la Secretaria Legal y Técnica.

ARTICULO 5º: Cúmplase, comuníquese a las áreas correspondientes y dese al Registro Municipal

 

 

 

 

 

 

          ISABEL DOLORES RAJOY                                                                          NAHUEL ALFREDO GUARDIA

    SECRETARIA LEGAL Y TECNICA                                                                       INTENDENTE MUNICIPAL

DECRETO  MUNICIPAL Nº           / 2024.-