Boletines/Campana
Decreto Nº 1366/23
Campana, 28/12/2023
EX-2023-00088313-MUNICAM-SMESA#DGAA
Visto
El Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); La Ordenanza N° 2985/1994 (t.v.), la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización, el Decreto Nº 184/2022 (t.v.) y EX-2023- 00088313-MUNICAM-SMESA#DGAA; y
Considerando
Que, por Decreto N° 0632/23, se suspendieron los llamados a Concurso Cerrado de Pases para Profesionales Escalafonados, Concurso Abierto para Ingreso al Escalafón y Concurso Cerrado de Profesionales Escalafonados para la cobertura de Funciones, dentro del Régimen de la Carrera Profesional Hospitalaria que contempla el artículo 22 de la Ordenanza Nº 2985/1994 (t.v.), por el año 2023.
Que la Secretaría de Salud, habiendo hecho un análisis de la situación y del tiempo transcurrido, solicita disponer el ingreso a la planta permanente de la Carrera Profesional Hospitalaria de todo el personal profesional de la salud con más de dos años de antigüedad, desde el 1° de julio de 2023.
Que según constancias obrantes en la Dirección General de Recursos Humanos los agentes mencionados en el ANEXO I del presente decreto, reúnen las condiciones apropiadas
Que, en función de ello, corresponde dictar el pertinente acto administrativo.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v), asimismo, se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613, promulgada por el Decreto Nº 537/17, y dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.
Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en el Decreto Nº 184/2022 (t.v.).
Por ello,
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Dispónese con efecto retroactivo al 1º de julio de 2023, con carácter excepcional y por única vez, el ingreso a planta permanente dentro del Régimen de Carrera Profesional Hospitalaria, regulado por Ordenanza N° 2985/1994 (t.v.), de todo el personal profesional de la salud que revista en planta temporaria que se detalla en el Anexo I del presente Decreto.-
ARTÍCULO 2º.- Establécese que los fondos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en este Decreto se tomarán de la categoría programática correspondiente a las Jurisdicciones que en cada caso se detallan en el ANEXO I del presente Decreto.-
ARTÍCULO 3º.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina, el Señor Secretario de Economía y Hacienda y el Señor Jefe de Gabinete.-
ARTÍCULO 4º.- Regístrese; comuníquese; notifíquese; y archívese.-