Boletines/Campana
Decreto Nº 1368/23
Campana, 28/12/2023
Expediente Municipal N° 4016-4717-2023 Adquisición Luminarias Led.
Visto
El Decreto-Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), el Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/2017, la Resolución Conjunta Nº 008/2018 de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización (t.v.), el Decreto N° 184/2022 (t.v) y el Expediente Municipal Nº 4016-4717/2023; y
Considerando
Que la Secretaría de Espacio Público y Descentralización propicia las actuaciones para la “Adquisición de Luminarias LED” emitiendo informe circunstanciado a fs. 2 mediante el cual manifiesta la necesidad de efectuar la adquisición urgente de equipos luminarios – artefactos LED para asegurar los parámetros lumínicos en las calles de la ciudad, en pos de darle más capacidad de uso, seguridad y mejor calidad de vida; adjuntando a fs. 3 Memoria Técnica.
Que a fs. 6 la Dirección de Compras manifiesta que habiendo tomado vista del expediente, ante la imperiosa necesidad de dar solución a la urgencia planteada por la Secretaría de Espacio Público y Descentralización, sugiere hacer uso del Artículo 156º Inc. 10) del Decreto-Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.).
Que a fs. 7 la Dirección de Presupuesto Municipal sugiere la imputación presupuestaria para llevar a cabo la erogación que se pretende realizar; asimismo informa que la partida presupuestaria sugerida no fue presupuestada en el “Calculo de Recursos y Presupuesto General de Gastos 2023”.
Que a fs. 8 la Contaduría Municipal toma conocimiento e informa que no tendrá objeciones contables que realizar al respecto de las actuaciones una vez transferido el crédito presupuestario según lo informado por la Dirección de Presupuesto a fs. 7.
Que a fs. 9 interviene la Secretaría de Economía y Hacienda.
Que a fs. 10 luce Solicitud de Pedido Nº 5924, por la suma de Pesos Treinta y Dos Millones Cuatrocientos Veinticinco Mil con Cero Centavos ($ 32.425.000,00.-).
Que a fs. 13/14 luce Solicitud de Gastos N° 1-6067 por la suma total de Pesos Treinta y Dos Millones Cuatrocientos Veinticinco Mil con Cero Centavos ($ 32.425.000,00.-).
Que a fs. 15 luce Registro de Invitados a Cotizar.
Que a fs. 16/23 obran las cotizaciones presentadas por los proveedores VIAL GROUP SRL., LOGISTICA CONCRET SRL y CONECTAR MANTENIMIENTOS ELECTRICOS, respectivamente.
Que a fs. 24 luce Acta de Apertura de fecha 28 de diciembre de 2023.
Que a fs. 25/26 luce Cuadro Comparativo de Ofertas emitido por la Dirección de Compras.
Que a fs. 27 la Dirección de Compras informa que los precios cotizados se ajustan a los valores vigentes en el mercado a la fecha de la presente compulsa de precios; asimismo observa que dos de los oferentes superan el monto estimado primariamente en la Solicitud de Pedido Nº 5924.
Que a fs. 29 luce Informe Técnico de la Secretaría de Espacio Público y Descentralización donde informa que tomado conocimiento de la documentación obrante y teniendo en cuenta calidad, presentación y alternativa, siendo el mismo el corriente en plaza, recomienda adjudicar a la oferta económica de menor valor.
Que a fs. 31 la Contaduría Municipal considera que en el procedimiento administrativo deberá asegurarse la celeridad, eficacia y economía del mismo, evitando la realización o exigencia de trámites, formalismos y/o recaudos innecesarios que compliquen o dificulten su desenvolvimiento; y que analizadas las propuestas presentadas los precios cotizados son vigentes en el mercado a la fecha de la compulsa de precios por lo que no existen objeciones contables que formular; y la Secretaría de Economía y Hacienda toma conocimiento e informa que no posee objeciones económicas financieras que formular.
Que a fs. 32 luce Informe de la Dirección de Compras, donde sugiere que la propuesta más conveniente y oportuna para la adquisición que se pretende realizar en virtud del Art. 156º Inc.) 10 Decreto Ley Nº 6768/58 de la Ley Orgánica de las Municipalidades (t.v.) está dada por el proveedor VIAL GROUP SRL. (C.U.I.T. 30-70965219-9) por: * 60 unidades de IGNIS K3 por la suma total de Pesos Doce Millones Setecientos Veinte Mil con Cero Centavos ($ 12.720.000,00.-), * 40 unidades de IGNIS K5 por la suma total de Pesos Diez Millones Quinientos Sesenta Mil con Cero Centavos ($ 10.560.000,00.-) y por * 25 unidades IGNIS ALVEOLAR IK la suma total de Pesos Un Ocho Millones Novecientos Mil con Cero Centavos ($ 8.900.000,00.-), siendo la suma total adjudicada de Pesos Treinta y Dos Millones Ciento Ochenta Mil con Cero Centavos ($ 32.180.000,00.-) I.V.A incluido.
Que a fs. 36 la Jefatura de Gabinete toma conocimiento, otorgando continuidad a las actuaciones.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.
Que el plexo normativo del Reglamento de Contabilidad para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires regula el procedimiento de adquisición de bienes y servicios que rige esta Municipalidad.
Que el artículo 156 del Decreto-Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.) establece que ¨Con excepción a lo prescripto en el artículo 151° sobre licitaciones y concursos, se admitirán compras y contrataciones directas en los siguientes casos: inciso 10º) Las adquisiciones de bienes de valor corriente en plaza, en las condiciones comerciales de oferta más convenientes en el mercado, cualquiera sea su monto¨.
Que en virtud de la necesidad planteada resulta procedente el dictado del acto administrativo.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto-Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), asimismo se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, y dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 008/2018 de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización (t.v.).
Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en el Decreto Nº 184/2022 (t.v.).
Por ello,
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Dispónese la Contratación Directa con el proveedor VIAL GROUP SRL. (C.U.I.T. 3070965219-9) para la adquisición de: 60 unidades de IGNIS K3 por la suma de Pesos Doce Millones Setecientos Veinte Mil con Cero Centavos ($ 12.720.000,00.-), 40 unidades de IGNIS K5 por la suma de Pesos Diez Millones Quinientos Sesenta Mil con Cero Centavos ($ 10.560.000,00.-) y por 25 unidades IGNIS ALVEOLAR IK la suma de Pesos Ocho Millones Novecientos Mil con Cero Centavos ($ 8.900.000,00.-), siendo la suma total adjudicada de Pesos Treinta y Dos Millones Ciento Ochenta Mil con Cero Centavos ($ 32.180.000,00.-) I.V.A incluido, en virtud de lo normado en el artículo 156° inciso 10 del Decreto – Ley N° 6769/58 ( Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), y en un todo de acuerdo con lo actuado en el Expediente Municipal N° 4016-4717/2023.-
ARTÍCULO 2º.- Establécese que los fondos necesarios para el pago de lo dispuesto en el artículo anterior se tomarán de la Jurisdicción 1110125000 “Secretaría de Espacio Público y Descentralización”, Categoría Programática 25.75.00 “Luminarias en Casco Urbano y Barrios”, Fuente de Financiamiento 110 “Tesoro Municipal”, Partida Presupuestaria 2.9.3.0 “Útiles y Materiales Eléctricos”, del Presupuesto General de Gastos para el año 2023.-
ARTÍCULO 3º.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina, el Señor Secretario de Economía y Hacienda, el Señor Secretario de Espacio Público y Descentralización y el Señor Jefe de Gabinete.
ARTÍCULO 4º.- Regístrese; comuníquese; notifíquese; y archívese. -