Boletines/Campana
Decreto Nº 1397/23
Campana, 28/12/2023
EX-2023-00099205-MUNICAM-SMESA#DGAA Designación Maria Fernanda LAGO.
Visto
El Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); la Ley Provincial N° 14.656, la Constitución de la Provincia de Buenos Aires; la Ordenanza N° 7469 (Complementaria del Presupuesto General de Gastos para el Año 2023); la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización, el Decreto Nº 184/2022 (t.v.) y el EX-2023- 00099205-MUNICAM-SMESA#DGAA; y
Considerando
Que se encuentra vacante el cargo de Directora de Educación, Subsecretaría de Cultura y Educación, Secretaría de Inclusión, Educación y Cultura, Jefatura de Gabinete.
Que resulta necesario designar a quien ocupará la titularidad de la citada Dirección.
Que obra formulario de solicitud de ingreso, mediante el cual se solicita que se designe como titular del referido cargo la Srta. Maria Fernanda LAGO, otorgándole la “Bonificación por Tiempo Pleno”, la “Bonificación por Función” y la “Bonificación por Capacidad/Experiencia Personal Adquirida”.
Que la Dirección General de Recursos Humanos informa que la Srta. LAGO cumple con todos los requisitos de admisibilidad para el ingreso a la Administración Pública .
Que corresponde otorgar a la Srta. LAGO, la “Bonificación por Tiempo Pleno”, consistente en el cuarenta por ciento (40%), la “Bonificación por Función”, consistente en el cuarenta y cinco por ciento (45%) y la “Bonificación por Capacidad/Experiencia Personal Adquirida” consistente en el treinta y ocho por ciento (38% ) del sueldo básico, con carácter mensual.
Que, en función de ello, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, afectando presupuestariamente la erogación.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v), asimismo, se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613, promulgada por el Decreto Nº 537/17, y dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 8/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.
Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en el Decreto Nº 184/2022 (t.v.).
Por ello,
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Desígnase, con retroactividad al 11 de diciembre de 2023, como Personal Sin Estabilidad, a la Srta. Maria Fernanda LAGO (D.N.I. 26.906.355), en el cargo de Directora de Educación, Subsecretaría de Cultura y Educación, Secretaría de Inclusión, Educación y Cultura, Jefatura de Gabinete.-
ARTÍCULO 2°.- Otórgase a la Srta. Maria Fernanda LAGO, la “Bonificación por Tiempo Pleno” que contempla el artículo 4º de la Ordenanza N° 7469/2022 (Complementaria del Presupuesto General de Gastos para el Año 2023), consistente en el cuarenta por ciento (40%) del respectivo sueldo básico, con carácter mensual.-
ARTÍCULO 3°.- Otórgase a la Srta. Srta. Maria Fernanda LAGO , la “Bonificación por Función” que contempla el artículo 9º de la Ordenanza N° 7469/2022 (Complementaria del Presupuesto General de Gastos para el Año 2023), consistente en el cuarenta y cinco por ciento (45%) del respectivo sueldo básico, con carácter mensual.-
ARTÍCULO 4°.- Otórgase a la Srta. Srta. Maria Fernanda LAGO , la “Bonificación por Capacidad/Experiencia Personal Adquirida” que contempla el artículo 13º de la Ordenanza N° 7469/2022 (Complementaria del Presupuesto General de Gastos para el Año 2023), consistente en el treinta y ocho por ciento (38%) del respectivo sueldo básico, con carácter mensual.-
ARTÍCULO 5º.- Dispónese que las Bonificaciones acordadas en los artículos 2°, 3º y 4° de este Decreto rigen con retroactividad al 11 de diciembre de 2023 y hasta el 31 de diciembre del mismo año inclusive, pudiendo ser dejado sin efecto antes de esta última fecha, si el Departamento Ejecutivo lo estima conveniente o si desaparecen las causas que motivaron su concesión, en cada caso.-
ARTICULO 6º.- Fíjase un plazo improrrogable de treinta (30) días, a partir de la fecha de notificación de este Decreto, para que la Srta. Srta. Maria Fernanda LAGO , en caso de estar alcanzado por las normas legales vigentes en materia de incompatibilidad, presente la opción pertinente, quedando la designación condicionada a dicha presentación.-
ARTICULO 7º.- Dispónese que los fondos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en este Decreto se tomarán de la categoría programática correspondiente a la Jurisdicción 1110129000 – Secretaría de Inclusión, Educación y Cultura del Presupuesto General de Gastos para el año 2023.-
ARTÍCULO 8°.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina, el Señor Secretario de Economía y Hacienda y el Señor Jefe de Gabinete.
ARTÍCULO 9º.- Regístrese; comuníquese; notifíquese; y archívese.-