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Decreto Nº1414/23

Decreto Nº 1414/23

Campana, 28/12/2023

EX-2023-00088306-MUNICAM-SMESA#DGAA

Visto

El Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); Constitución de la Provincia de Buenos Aires, el Decreto – Ley Nº 6769/1958 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), la Ordenanza N° 7468/2022 por la que se aprobó la Programación de los Recursos y el Presupuesto de Gastos correspondientes al ejercicio 2023, Decreto N° 0002/2023, la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización, el Decreto Nº 184/2022 (t.v.) y EX-2023- 00088306-MUNICAM-SMESA#DGAA; y

Considerando

Que conforme a lo dispuesto en el Decreto N° 0002/2023 fue aprobada la estructura orgánico funcional del Departamento Ejecutivo.

Que surge la necesidad de afectar a las Jurisdicciones correspondientes al Presupuesto vigente, al Personal Sin Estabilidad, Superior y Jerárquico No Escalafonado, que se indica en el ANEXO I.

Que como consecuencia de la modificación de la estructura orgánica vigente, desde el 1° de enero de 2023 distintos cargos de Personal Sin Estabilidad, Superior y Jerárquico No Escalafonado se encuentran vacantes.

Que el Intendente Municipal en uso de las atribuciones y funciones que le son propias, estima necesario designar a quienes ocuparán la titularidad de los cargos vacantes, conforme a lo normado en los artículos 108 inciso 9) y 178 inciso 1) del Decreto - Ley Nº 6769/1958 – Ley Orgánica de las Municipalidades (t.v.).

Que según constancias obrantes en la Dirección General de Recursos Humanos los agentes mencionados en el ANEXO III del presente, reúnen las condiciones suficientes y apropiadas para cubrirlos.

 Que a tal fin, corresponde previamente dejar sin efecto los nombramientos de los mismos agentes, según detella el ANEXO II.

Que, en función de ello, corresponde dictar el pertinente acto administrativo.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v), asimismo, se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613, promulgada por el Decreto Nº 537/17, y dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.

Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en el Decreto Nº 184/2022 (t.v.).

Por ello,

 EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Aféctase, desde el 1° de enero del 2023, a las Jurisdicciones correspondientes al Presupuesto vigente dentro del Presupuesto General de Gastos vigente, al Personal Sin Estabilidad Superior y Jerárquico No Escalafonado, que se mencionan en el ANEXO I, que forma parte integrante de este Decreto y determináse el cargo, dependencia y función que corresponde en cada caso.-

ARTÍCULO 2º.- Déjase sin efecto, desde la fecha que en cada caso se indica, los nombramientos que se detallan en el ANEXO II que forma parte integrante de este Decreto, que fueran dispuestos por los Decretos que en cada caso en particular se señalan.-

ARTICULO 3°.- Desígnase, desde la fecha que en cada caso se indica, al Personal Sin Estabilidad, Superior y Jerárquico No Escalafonado, que se detallan en el ANEXO III que forma parte integrante de este Decreto, en el cargo, dependencia y función que en cada caso en particular se especifica.

ARTÍCULO 4º.- Dispónese que los fondos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en este Decreto se tomarán de la categoría programática correspondiente a las Jurisdicciones que en cada caso se detallan en los ANEXO I y III, integrantes del presente Decreto.-

ARTÍCULO 5º.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina, el Señor Secretario de Economía y Hacienda y el Señor Jefe de Gabinete.

ARTÍCULO 6º.- Regístrese; comuníquese; notifíquese; y archívese.-

 

Anexos

Anexo I

Anexo

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