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Decreto Nº1424/23

Decreto Nº 1424/23

Campana, 28/12/2023

EX-2023-00085925-MUNICAM-SMESA#DGAA Cese ALVAREZ Ana Marcela.

Visto

El Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); la Ley Provincial N° 14.656, el Convenio de la “Convención Colectiva de Trabajadores Municipales” y su similar modificatoria, suscriptas el 30 de octubre de 2015 y el 17 de noviembre del mismo año respectivamente, en el marco previsto por dicha Ley y convalidados por Ordenanza N° 6412/2015; la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización, el Decreto Nº 184/2022 (t.v.) y el EX-2023- 000085925-MUNICAMSMESA#DGAA; y

Considerando

Que obra solicitud de cese presentada por la Sra. ALVAREZ Ana Marcela, al cargo que  revistaba en la Planta Permanente de Personal, como Jefe de Departamento I – Clase I-Agrupamiento Personal Jerárquico, con 39 horas semanales de labor, dependiente del Departamento Control de Programas, Dirección de Desarrollo Estratégico y Administrativo, Subsecretaría de Salud, Secretaria de Salud, Jefatura de Gabinete, a fin  de acogerse a los beneficios de la jubilación por edad avanzada, a partir del 22 de noviembre de 2023.

Que la Dirección General de Recursos Humanos informa que corresponde disponer el cese, de conformidad con las disposiciones del artículo 35 del Decreto-Ley  Nº 9.650/1980 (t.v.) y suscribir con la nombrada el pertinente Convenio de Anticipo Jubilatorio con cargo de restitución, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 1º de la Ley Provincial Nº 12.950.

Que la Dirección General de Recursos Humanos remite las actuaciones a la Secretaría de Economía y Hacienda a modo de que se informe la factibilidad de la erogación de los fondos para dar cumplimiento al acto administrativo que ordene la confección del Convenio de Anticipo Jubilatorio.

Que la Contaduría Municipal informa que no posee objeciones de carácter contable que formular.

Que la Secretaría de Economía y Hacienda no formula objeciones económicas ni financieras alguna.

Que, en función de ello, corresponde dictar el pertinente acto administrativo.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v), asimismo, se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613, promulgada por el Decreto Nº 537/17, y dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.

Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en el Decreto Nº 184/2022 (t.v.).

Por ello,

 EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Dispónese el cese, en su condición de activo con retroactividad al 22 de noviembre de 2023, de la Sra. ALVAREZ Ana Marcela (D.N.I. 13.089.508), legajo  personal N°  4114,  al cargo  que  revistaba en  la Planta Permanente  de Personal,  como Jefe de Departamento I – Clase I – Agrupamiento Personal Jerárquico, con 39 horas semanales de labor, dependiente del Departamento Control de Programas, Dirección de Desarrollo Estratégico y Administrativo, Subsecretaría de Salud, Secretaria de Salud, Jefatura de Gabinete, a fin de acogerse a los beneficios de la Jubilación por Edad Avanzada.-

ARTÍCULO 2º.- Confecciónese por intermedio de la Dirección General de Recursos Humanos, el pertinente Convenio de Anticipo Jubilatorio con cargo de restitución, para ser suscripto entre la Municipalidad de Campana y la Sra. ALVAREZ, procediéndose por la misma dependencia, luego de firmado éste, a liquidar a la nombrada el pertinente Anticipo Jubilatorio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1º de la Ley Provincial Nº 12.950.-

ARTÍCULO 3º.- Dispónese que los fondos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto precedentemente se tomarán de la Categoría Programática correspondiente a la Jurisdicción 1110103000 - “Secretaría de Economía y Hacienda”, Categoría Programática 01.09.00, “Recursos Humanos”, Partida 6.6.2.0. “Incremento de Otras Cuentas a cobrar a corto Plazo”, Fuente de financiamiento 110 “Tesoro Municipal”, del Presupuesto General de Gastos vigente.-

ARTÍCULO 4º.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina, el Señor Secretario de Economía y Hacienda y el Señor Jefe de Gabinete.

ARTÍCULO 5º.- Regístrese; comuníquese; notifíquese; y archívese.-