Boletines/Campana
Decreto Nº 1431/23
Campana, 29/12/2023
1431 BIS
Visto
El Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); la Ley Provincial N° 14.656; el Convenio de la “Convención Colectiva de Trabajadores Municipales” y su similar modificatoria, suscriptas el 30 de octubre de 2015 y el 17 de noviembre del mismo año respectivamente, en el marco previsto por dicha Ley y convalidados por Ordenanza N° 6412/2015; los Decretos N° 1122/2019 y Nº 184/2022 (t.v.); y el EX-2023-00091625-MUNICAM-SMESA#DGAA; y
Considerando
Que obra solicitud de pedido de incorporación, mediante la cual se solicita la designación del Sr. Fabian Marcelo TABOADA y otorgarle el “Adicional por Título”, la “Bonificación para Profesionales” y el “Adicional por Actividad Exclusiva”.
Que la Dirección General de Recursos Humanos informa que el Sr. TABOADA cumple con todos los requisitos de admisibilidad para el ingreso a la Administración Pública y que no posee antecedentes penales, de conformidad con lo establecido en el artículo 38 del Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales.
Que asimismo comunica que el Sr. TABOADA puede ser designado desde el 1° de septiembre de 2023 y hasta el 31 de diciembre del mismo año inclusive, en la Planta Temporaria de Personal, como “Personal Mensualizado”, Técnico Administrativo VII (Técnico) - Clase VII - Personal Técnico Administrativo, con 39 horas semanales de labor, dependiente de la Subdirección de Obras Particulares de Industria, Dirección General de Planeamiento, Obras Particulares y Catastro, Subsecretaría de Planeamiento y Obras, Secretaría de Planeamiento, Obras e Ingeniería Urbana, Jefatura de Gabinete, y otorgarle el “Adicional por Título”, la “Bonificación para Profesionales” y el “Adicional por Actividad Exclusiva” consistentes en el siete por ciento (7%), en el quince por ciento (15%) y en el sesenta y cinco por ciento (65%) respectivamente de su sueldo básico con carácter mensual.
Que, en función de ello, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, afectando presupuestariamente la erogación.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto-Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.).
Que en virtud de lo informado por la Subsecretaría de Modernización, dependiente de la Jefatura de Gabinete con relación a la existencia de problemas en la red/enlace a internet y la degradación del Servicio, y en un todo de acuerdo a lo normado al Decreto N° 1122/2019, el presente Decreto será refrendado en forma ológrafa.
Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en el Decreto N° 184/2022 (t.v.).
Por ello,
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Desígnase al Sr. Fabian Marcelo TABOADA (D.N.I. 17.904.875 – Clase 1967), en la Planta Temporaria de Personal, como “Personal Mensualizado”, Técnico Administrativo VII (Técnico) - Clase VII - Personal Técnico Administrativo, con 39 horas semanales de labor, dependiente de la Subdirección de Obras Particulares de Industria, Dirección General de Planeamiento, Obras Particulares y Catastro, Subsecretaría de Planeamiento y Obras, Secretaría de Planeamiento, Obras e Ingeniería Urbana, Jefatura de Gabinete, con retroactividad al 1° de septiembre de 2023 y hasta el 31 de diciembre del mismo año inclusive. No obstante y antes de la fecha de conclusión indicada anteriormente, cuando razones de servicio así lo aconsejen ésta podrá ser dada de baja, ello de conformidad con lo prescripto en el artículo 43 y concordantes del Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales.-
ARTÍCULO 2°.- Establécese que el nombramiento dispuesto en este Decreto está alcanzado por las disposiciones de los artículos 2°, 68 y 111 de la Ley Provincial N° 14.656 y los artículos 4°, 2 1 y 36 del Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales.-
ARTÍCULO 3°.- Otórgase al Sr. Fabian Marcelo TABOADA, el “Adicional por Título”, que contempla el artículo 29 del Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales, consistente en el siete por ciento (7%) del sueldo básico, con carácter mensual.-
ARTÍCULO 4°.- Otórgase al Sr. Fabian Marcelo TABOADA, la “Bonificación para Profesionales” , que contempla el Anexo IV del Decreto – 2018 - 572 , consistente en el quince por ciento (15%) del sueldo básico, con carácter mensual .-
ARTÍCULO 5°.- Otórgase al Sr. Fabian Marcelo TABOADA, el "Adicional por Actividad Exclusiva" que contempla artículo 29 del Convenio Colectivo de Trabajadores Municipales, consistente en el sesenta y cinco por ciento (65%) del sueldo básico, con carácter mensual.-
ARTÍCULO 6°.- Dispónese que los Adicionales y la Bonificación acordados en el artículo 3°, 4° y 5° rigen a partir del 1° de septiembre de 2023 y hasta el 31 de diciembre del mismo año inclusive, pudiendo ser dejadas sin efecto antes de esta última fecha si desaparecen las causas que motivaron su concesión.-
ARTÍCULO 7°.- Dispónese que los fondos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en este Decreto se tomarán de la estructura programática correspondiente a la Jurisdicción 1110106000 – Secretaría de Planeamiento y Obras Públicas del Presupuesto General de Gastos para el año 2023.-
ARTÍCULO 8°.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina, el Señor Secretario de Economía y Hacienda y el Señor Jefe de Gabinete.-
ARTÍCULO 9°.- Regístrese; comuníquese; notifíquese; y archívese.-