Boletines/Campana
Decreto Nº 1432/23
Campana, 29/12/2023
1432 BIS
Visto
El Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); la Ley Provincial N° 14.656; el Convenio de la “Convención Colectiva de Trabajadores Municipales” y su similar modificatoria, suscriptas el 30 de octubre de 2015 y el 17 de noviembre del mismo año respectivamente, en el marco previsto por dicha Ley y convalidados por Ordenanza N° 6412/2015; los Decretos N° 1122/2019 y Nº 184/2022 (t.v.); y el EX-2023-00049563--MUNICAM-SMESA#DGAA; y
Considerando
Que por Decreto Nº 732, se designó, desde el 28 de marzo de 2023 y hasta el 31 de diciembre del mismo año inclusive, en la Planta Temporaria de Personal de Servicio, como “Personal Jornalizado”, Jornal de Servicio, para desarrollar tareas de Personal de Servicio, con 48 horas semanales de labor, dependiente de la Dirección General de Desarrollo Humano, Subsecretaria de Salud, Secretaría de Salud, Jefatura de Gabinete.
Qué se incurrió en un error al tomar como fecha de ingreso el 28 de marzo de 2023, siendo la correcta el 21 de marzo de 2023, como consta en el informe obrante a orden 9.
Que por lo expuesto resulta necesario modificar el párrafo 3 del considerando y el artículo 1° del decreto N° 732/2023.
Que corresponde dictar el pertinente acto administrativo, que subsane lo antes dicho.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto-Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.).
Que en virtud de lo informado por la Subsecretaría de Modernización, dependiente de la Jefatura de Gabinete con relación a la existencia de problemas en la red/enlace a internet y la degradación del Servicio, y en un todo de acuerdo a lo normado al Decreto N° 1122/2019, el presente Decreto será refrendado en forma ológrafa.
Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en el Decreto N° 184/2022 (t.v.).
Por ello,
EL SEÑOR INTENDENTE DEL PARTIDO DE CAMPANA, DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Modifícase en el tercer considerando y en el artículo 1° del Decreto Nº 732 de fecha 9 de agosto de 2023, por el que se designa al Sr. Sebastián Hernán FERNANDEZ, donde dice: “28 de marzo de 2023”, y debe decir “21 de marzo de 2023”, de acuerdo a lo mencionado en el considerando del presente instrumento.-
ARTÍCULO 2º.- Establécese que la modificación dispuesta en el artículo 1º rige con retroactividad al 21 de marzo de 2023, fecha de vigencia de las disposiciones del Decreto N° 732/2023.-
ARTÍCULO 3º.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina; el Señor Secretario de Economía y Hacienda; y el Señor Jefe de Gabinete.-
ARTÍCULO 4º.- Regístrese; comuníquese; notifíquese; y archívese.-