Boletines/Trenque Lauquen
Decreto Nº 96/2024
Trenque Lauquen, 10/01/2024
96-24 DEMARCACION ESTACIONAMIENTO remisses La Antigua
Visto
La nota presentada por el Sr. Ruben Darío Nievas en su carácter de titular de la agencia de remisses “La Antigua”, quien solicita que se establezca un sector reservado en la vía pública frente a su local comercial para estacionamiento (Expediente Nº 2588/2023); y,
Considerando
Que la Ordenanza Nº 1970/00: Reglamentación del Servicio de Taxis y Remises y la Ordenanza Nº 4042/13: Reglamentación de Estacionamiento de Automotores en las Vías y Espacios Públicos en la Planta urbana de la ciudad de Trenque Lauquen, establecen el marco jurídico dentro del cual debe analizarse la solicitud del mencionado local comercial;
Que a la luz de lo provisto en el art. 15 de la Ordenanza Nº 1970/00 y en el art. 7 de la Ordenanza Nº 4042/13 resultaría procedente el otorgamiento de la reserva de estacionamiento solicitada por el peticionante, si bien de modo excepcional, asumiendo el compromiso de eliminar dicha demarcación cuando la misma pierda su fundamento;
Que sentado ello, teniendo en cuenta el creciente parque automotor de nuestra ciudad, debe compatibilizarse la necesidad particular con el interés general, por lo que el lugar concedido debe ser el mínimo necesario; siendo apropiado que coincida con la entrada del inmueble sito en calle Uruguay Nº 387 de Trenque Lauquen.
Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN DECRETA:
ARTICULO 1º: Concédase al local comercial Agencia de remisses “La Antigua” un espacio reservado para el estacionamiento exclusivo en calle Uruguay Nº 387 de Trenque Lauquen por las razones expuestas en los considerandos precedentes.-
ARTICULO 2º: Infórmase que el pedido concedido caducará automáticamente si cesara la situación que justifica la concesión. El permiso tendrá un vencimiento de cinco años desde concedido el mismo, salvo pedido de renovación por igual plazo por parte del interesado.-
ARTICULO 3º: Dicho espacio tendrá una extensión lineal de hasta seis metros (6mts.) contados sobre el frente del inmueble, pudiendo excederlo hasta totalizar dicha medida. El mismo deberá ser delimitado con la línea amarilla y señalizado con cartelería que indique “Prohibido Estacionar. Decreto Nº 96/24” en letras negras, debiendo contener asimismo el símbolo internacional consistente en la letra “E” en color negro cruzada con una línea roja, todo ello sobre fondo blanco.-
ARTICULO 4º: El espacio reservado para el estacionamiento exclusivo, está sujeto al pago del tributo correspondiente.-
ARTICULO 5º: Déjese constancia del espacio concedido, incorporando el presente al Registro Municipal de espacios reservados concedidos con fines de estacionamiento.-
ARTICULO 6º: Comuníquese, Notifíquese, Regístrese y cumplido, Archívese.
Cdor. Alfredo L. Zambiasio
Secretario de Hacienda
Francisco Recoulat
Intendente Municipal de Trenque Lauquen