Boletines/Trenque Lauquen

Decreto Nº97/2024

Decreto Nº 97/2024

Trenque Lauquen, 10/01/2024

97-24 DEMARCACION ESTACIONAMIENTO RICCHIERI

Visto

La nota presentada por la Sra. Norma Ricchieri, DNI. Nº 23.214.131, quien solicita que se establezca un sector reservado en la vía pública frente a su domicilio para estacionamiento (Expediente Nº 2597/2023); y,

Considerando

Que la Ordenanza 4.042/13 establece las pautas para disponer a nivel local, el uso del espacio público destinado al estacionamiento de automotores;

Que habiéndose acreditado el fundamento de la solicitud, corresponde encuadrar la misma en las previsiones del artículo 7º de la Ordenanza referida;

Que  conforme surge de la nota presentada, la petición está orientada  a facilitar el ascenso y descenso del progenitor de la solicitante Sr. Hugo Alberto Ricchieri DNI 7.849.612, quien se encuentra bajo su cuidado; por ello debe ser resuelta favorablemente, si bien de modo excepcional y como único domicilio autorizado, asumiendo el compromiso de eliminar dicha demarcación cuando la misma pierda su fundamento;

Que sentado ello, teniendo en cuenta el creciente parque automotor de nuestra ciudad, debe compatibilizarse la necesidad particular con el interés general, por lo que el lugar concedido debe ser el mínimo necesario; siendo apropiado que coincida con la entrada del inmueble sito en calle Arrastúa Nº 697 de Trenque Lauquen

Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN DECRETA:

ARTICULO 1º: Concédase al Sr. Hugo Alberto Ricchieri, DNI. Nº 7.849.612; un espacio reservado para el estacionamiento exclusivo en calle Arrastúa Nº 697 de Trenque Lauquen; por las razones expuestas en los considerandos precedentes.-

ARTICULO 2º: Infórmase que el pedido concedido caducará automáticamente si cesara la situación que justifica la concesión. El permiso tendrá un vencimiento de cinco años desde concedido el mismo, salvo pedido de renovación por igual plazo por parte del interesado.-

ARTICULO 3º: Dicho espacio tendrá una extensión lineal de hasta seis metros (6mts.) contados sobre el frente del inmueble, pudiendo excederlo hasta totalizar dicha medida.  El mismo deberá ser delimitado con la línea amarilla y señalizado con cartelería que indique “Prohibido Estacionar.  Decreto Nº 97/24” en letras negras, debiendo contener asimismo el símbolo internacional consistente en la letra “E” en color negro cruzada con una línea roja, todo ello sobre fondo blanco.-

ARTICULO 4º:Exímase del pago del tributo, conforme Art. 1º Inc. i de la Ordenanza Municipal 5145/21.-

ARTICULO 5º: Déjese constancia del espacio concedido, incorporando el presente al Registro Municipal de espacios reservados concedidos con fines de estacionamiento.-

ARTICULO 6º:   Comuníquese, Notifíquese, Regístrese y cumplido, Archívese

Cdor. Alfredo L. Zambiasio
Secretario de Hacienda

         
Francisco Recoulat
Intendente Municipal de Trenque Lauquen