Boletines/Zárate

Decreto Nº329/24

Decreto Nº 329/24

Zárate, 30/04/2024

APROBACION DEL EXPEDIENTE MUNICIPAL

Visto

Lo actuado en el Expediente Municipal Nº 4121-4917/23 de fecha 18/09/2023; y

Considerando

Que a fojas 1 se presenta la Empresa TELMEX ARGENTINA S.A. solicitando la autorización municipal para realizar una canalización por vereda y calzada (sin rotura) desde una cámara existente en vereda sobre la calle Rivadavia, próximo a la calle Dr. Félix Pagola, extendiéndose 185 metros en sentido Noreste sobre la calle en cuestión hasta el frente Nº 699, donde se realizará una cámara y acometida a la línea oficial donde se ubica el cliente Banco Nación, en un todo de acuerdo con el Plano Proyecto Constructivo TELMEX ARGENTINA S.A., este Proyecto se ejecutará en la Localidad de Zárate, Partido de Zárate.

Que a los fines indicados en el considerando precedente acompaña la siguiente documentación:

 

1. Nota de solicitud de la Empresa TELMEX ARGENTINA S.A., (fs.1),

2. Memoria Descriptiva, (fs.11),

3. Análisis de costos, (fs.14),

4. Plazo de Ejecución, (fs.22),

5. Plano Proyecto Constructivo TELMEX ARGENTINA S.A., (fs.21),

6. Comprobante de Visado del Colegio de Arquitectos por Proyecto, Dirección de Obra y boleta de aportes del matriculado, (fs.13,34),

7. Comprobante de Visado del Colegio por Representación Técnica, y boleta de aportes (fs.17,34 bis),

8. Liquidación canon por Derechos de Construcción, Ordenanza Impositiva Nº 5058 (fs.28),

9. Liquidación canon por Derechos de Ocupación o Uso de Espacios Públicos, Ordenanza Impositiva Nº 5058 (fs.29),

10. Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil (fs.35/73),

11. Póliza de Caución por el 5% del monto de la Obra. (fs.74/79),

 

Que la Dirección de Ingresos Públicos, informó que la Empresa TELMEX ARGENTINA S.A., no registra deuda al 27 de Diciembre de 2023 que luce a fojas 32.

Que a fojas 80 la Empresa expresa que la obra a ejecutar se encuadra dentro del régimen conocido como de “costo cubierto”.

Que el artículo 132º, inciso b) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, prevé la realización de obras por el método aludido en el considerando anterior, especificando que se trata de trabajos contratados por beneficiarios y empresas constructoras, por las que no se imponga contribución a los vecinos no adherentes;

Que la solicitud de autorización se encuadra dentro de lo dispuesto en la norma transcripta en el considerando precedente, circunstancia que conviene declarar;

Por todo ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE ZARATE, en uso de las atribuciones que le acuerda el artículo 132º, inciso b) de la Ley Orgánica de las Municipalidades,

D E C R E T A

ARTÍCULO 1º Apruébense las actuaciones obrantes en el Expediente Municipal Nº 4121-4917/23, por el cual la Empresa TELMEX ARGENTINA S.A., solicita autorización municipal para ejecutar la obra que se menciona en el artículo siguiente. La aprobación dispuesta por el párrafo precedente, alcanza la siguiente documentación:

1. Nota de solicitud de la Empresa TELMEX ARGENTINA S.A., (fs.1),

2. Memoria Descriptiva, (fs.11),

3. Análisis de costos, (fs.14),

4. Plazo de Ejecución, (fs.22),

5. Plano Proyecto Constructivo TELMEX ARGENTINA S.A., (fs.21),

6. Comprobante de Visado del Colegio de Arquitectos por Proyecto, Dirección de Obra y boleta de aportes del matriculado, (fs.13,34),

7. Comprobante de Visado del Colegio por Representación Técnica, y boleta de aportes (fs.17,34 bis),

8. Liquidación canon por Derechos de Construcción, Ordenanza Impositiva Nº 5058 (fs.28),

9. Liquidación canon por Derechos de Ocupación o Uso de Espacios Públicos, Ordenanza Impositiva Nº 5058 (fs.29),

10. Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil (fs.35/73),

11. Póliza de Caución por el 5% del monto de la Obra. (fs.74/79),

ARTÍCULO 2º Autorizase a la Empresa IBERCOM MULTICOM S.A. con domicilio legal en la calle Lautaro N° 1.645, CABA, para realizar una canalización por vereda y calzada (sin rotura) desde una cámara existente en vereda sobre la calle Rivadavia, próximo a la calle Dr. Félix Pagola, extendiéndose 185 metros en sentido Noreste sobre la calle en cuestión hasta el frente Nº 699, donde se realizará una cámara y acometida a la línea oficial donde se ubica el cliente Banco Nación, en un todo de acuerdo con el Plano Proyecto Constructivo TELMEX ARGENTINA S.A., este Proyecto se ejecutará en la Localidad de Zárate, Partido de Zárate.

 

ARTÍCULO 3º Para la ejecución de las obras se tendrá en cuenta lo siguiente:

a) La supervisión técnica corresponderá a Telmex Argentina S.A.;

b) Los trabajos serán realizados en un todo de acuerdo con la documentación aprobada por el artículo 1º de este Decreto y las especificaciones técnicas vigentes en el ámbito de la Concesionaria mencionada en el inciso precedente al momento de la construcción.

c) Se aplicará lo dispuesto en la Sección XIV de la Ordenanza General Nº 165/73 a su vez, los trabajos se realizarán de conformidad con las “Normas y Disposiciones a cumplir para la ejecución de obras en la vía pública del Partido de Zárate” Anexo Único del Decreto Municipal Nº 494/06 – cuya copia será entregada a la Empresa TELMEX ARGENTINA S.A. e IBERCOM MULTICOM S.A, en el mismo acto de entrega del presente decreto de autorización.

d) La Empresa deberá restituir las superficies (veredas, afirmados y calles) al estado en que se hubieren encontrado antes de la iniciación de los trabajos.

e) En cruces de calle, las cañerías que se instalen deberán tener una tapada mínima de 1,50 m.

La Secretaría de Obras, Mantenimiento y Servicios Públicos de la Municipalidad de Zárate, designará la Inspección Técnica de las Obras, órgano a quien le corresponderá fiscalizar el cumplimiento de las disposiciones a las que se refiere el presente artículo, e intervendrá en todas las materias y cuestiones que se susciten, salvo las técnicas reservadas a Telmex Argentina S.A.

La Empresa deberá dar aviso fehaciente a La Secretaría de Obras, Mantenimiento y Servicios Públicos de la Municipalidad de Zárate, de las fechas de inicio y terminación de los trabajos con 48 horas de anticipación a las mismas. Dicho aviso se efectuará en forma fehaciente y servirá para que dicha Secretaría proceda a realizar la inspección correspondiente proporcionando la empresa la movilidad para el traslado del Inspector desde y hacia el Municipio hasta la misma, a los efectos de dar cumplimiento a lo estipulado en el presente Decreto.

 

ARTÍCULO 4º Las obras cuya autorización se dispone por el presente Decreto se realizarán por el sistema de costo cubierto al que se refiere el artículo 132º, inciso b) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, razón por la cual no se imponen contribuciones a los vecinos no adherentes.

 

ARTÍCULO 5º Será condición esencial e irrescindible para el perfeccionamiento de la presente autorización que la Permisionaria (la Empresa TELMEX ARGENTINA S.A.) acepte formalmente hacerse cargo y costear los trabajos correspondientes a traslados, desvíos o reubicación de las instalaciones construidas en el marco de la presente autorización en caso que en el futuro este Municipio decida encarar obras que exijan o aconsejen dichos traslados, desvíos o reubicaciones.

 

 

 

 

Las obligaciones de la Permisionaria a las que se refiere el párrafo precedente se limitarán a aquellos supuestos en que las obras sean ejecutadas exclusivamente por la Municipalidad de Zárate, directamente o a través de contratistas, o por Organismos o Dependencias Provinciales o Nacionales cuando de los Convenios que se suscribieren con estos últimos pudiere surgir la eventual obligación de la Municipalidad de hacerse cargo de la remoción de interferencias, y siempre que se reúnan las siguientes condiciones:

inciso a) Se comunique a la Permisionaria en forma fehaciente con una anticipación no menor a 60 (sesenta) días la ejecución de aquéllas.

inciso b) Su ejecución se encuentre debidamente fundamentada mediante la presentación a la Permisionaria de la documentación pertinente (Actos Administrativos, planos y proyectos).

Cuando las solicitudes de traslados, desvíos o reubicación de instalaciones se motivaren en obras en las que resulte fundamental el respeto de las pendientes adecuadas a la instalación de que se trate (ver desagües pluviales o cloacales), la fundamentación aludida en el primer párrafo de este inciso se considerará suficientemente acreditada mediante la mera notificación fehaciente a la Permisionaria de los elementos allí mencionados.

Las obras no podrán tener inicio de ejecución hasta tanto la Permisionaria presente un escrito por el que acepte expresamente lo dispuesto en el presente artículo.

 

ARTÍCULO 6º Comuníquese a las distintas Dependencias intervinientes, notifíquese con copia a la Empresa en su domicilio constituido o personalmente, publíquese en el Boletín Municipal, regístrese en el Libro de Decretos y, oportunamente, archívese.-