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Decreto Nº340/24

Decreto Nº 340/24

Zárate, 06/05/2024

AUTORIZACION A ABONAR GASTOS PARA EL“FESTIVAL REGIONAL DE TEATRO INDEPENDIENTE”

Visto

El expediente del Departamento Ejecutivo Municipal Nº 4121-2239/2024 presentado por la Subsecretaría de Cultura, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Humano, Educación, Cultura y Deporte; y

Considerando

Que, a través del mismo solicita sean abonados los gastos que se generarán con motivo de la realización del “FESTIVAL REGIONAL DE TEATRO INDEPENDIENTE”, que se llevará a cabo los días 19, 20 y 21 de abril del corriente año;

Que, por lo expuesto precedentemente corresponde acceder a lo solicitado;

Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias,

 

D E C R E T A

ARTICULO 1º.- Autorízase a la Contaduría Municipal a abonar los gastos para la realización del “FESTIVAL REGIONAL DE TEATRO INDEPENDIENTE” por un total de PESOS CINCO MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA ($5.297.840,00), según el siguiente detalle:

 

 

Alquiler de iluminación Andrés Héctor Trentin 20-26153647-2 $ 1,200,000.00

Operación Técnica Seisdedos Jonatan 20-37237614-8 $ 150,000.00

Hospedaje para participantes Agustina Paula Occello 27-35665837-5 $ 120,000.00

Hospedaje para jurados y

Autoridades del festival MARPRI S.A.S 30-71634698-8 $ 520,000.00

Servicio de Catering por tres

días Ancherama Gustavo 20-20258247-9 $ 201,900.00

Servicio de almuerzo y cena

para participantes y jurados

por tres días Marcos Raúl Barbosa 20-35940861-8 $ 2,315,940.00

Jurados del Festival Martín

Eduardo Ortiz, Gonzalo

Catalini y Talia Acosta Martín Eduardo Ortiz 23-17740241-9 $ 540,000.00

Servicio de Traslado de 30

pasajeros a Escobar Transporte Nac Serv S.A 30-71599530-8 $ 250,000.00

 

 

 

 

 

 

 

ARTÍCULO 2º.- El gasto dispuesto en el artículo 1, deberá afectarse a Jurisdicción: 1110108000 – Secretaría de Desarrollo Humano y promoción Social, Programa: 52………. del Presupuesto vigente. -

 

ARTÍCULO 3º.- Dispóngase que la Secretaria de Desarrollo Humano, Educación, Cultura y Deporte sea el órgano administrativo obligado de reunir la documentación requerida y necesaria para la correspondiente rendición de cuentas de los gastos establecidos en el Artículo 1º.-

 

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, tomen conocimiento las Secretarias de Desarrollo Humano, Educación, Cultura y Deporte, Economía, Contaduría, Tesorería, Subsecretaría de Cultura, Dirección de Compras, regístrese y archívese. -