Boletines/Zárate
Decreto Nº 383/24
Zárate, 20/05/2024
Visto
El Decreto N° 315/2024 y el expediente N° 4121-1554/2024; y-
Considerando
Que mediante el Decreto N° 315/2024 se creó el Programa de Becas para Deportistas de Alto Rendimiento del Partido de Zárate destinado a apoyar económicamente a los deportistas convencionales y paralímpicos, y se dictó la reglamentación mediante en el Anexo I de dicho Decreto;
Que la Secretaría de Desarrollo Humano, Educación, Cultura y Deporte es la autoridad de aplicación de dicho programa;
Que mediante el artículo 8° del Anexo I del Decreto N° 315/2024 se creó la Comisión de Becas Deportivas conformada por un (1) representante de la Secretaría de Desarrollo Humano, Educación, Cultura y Deportes, un (1) representante de la Subsecretaría de Deportes y un (1) representante de la Subsecretaría de Desarrollo Humano, que es la encargada de la aprobación del otorgamiento de las becas;
Que cada deportista adjuntó la documentación requerida en el Decreto Reglamentario agregada a los expedientes, y a fs. 16/17 del expediente citado en el Visto luce acta de la Comisión de Becas Deportivas donde se aprueba el otorgamiento de veintitrés (23) becas deportivas;
Que revisado la totalidad del expediente, todos los deportistas beneficiados cumplen no solo los requisitos exigidos en la normativa y tienen ganado el mérito deportivo reconocido; sino que además no existe ningún tipo de inhabilidad o incompatibilidad para recibir dicho aporte dinerario;
Que, por su parte, el Departamento Ejecutivo Municipal promueve la transparencia en la totalidad de sus actos de gobierno, y en ese objetivo, no puede soslayar que dos de los deportistas seleccionados, los campeones Sol Pavía y Simon Caffaro, tienen parentesco con dos personas que cumplen tareas en el ámbito municipal;
Que, si bien de la lectura de las normas reglamentarias, resulta evidente que dicha relación personal no configura ningún impedimento legal para acceder a la Beca; tampoco puede desconocerse el mérito individual de los deportistas que es lo que en definitiva se está premiando con la colaboración municipal a la carrera deportiva de cada uno;
Que, sin perjuicio de ello, y solo a los efectos de asegurar la transparencia en todas las decisiones del gobierno municipal y para garantizar la ética en el ejercicio de la función pública, el Departamento Ejecutivo Municipal estima prudente remitir copia del presente decreto al Honorable Concejo Deliberante para su formal notificación de la medida y de los ganadores;
Que en consecuencia corresponde proceder al dictado del acto administrativo correspondiente para el otorgamiento de las Becas;
Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de las facultades que le son propias,
D E C R E T A
ARTÍCULO 1°.- Otórgase el aporte monetario, personal e intransferible denominado “Becas Deportivas de Alto Rendimiento” a los deportistas que se detallan a continuación y por los importes indicados en cada caso, los que tendrán una duración de seis (6) meses a partir del dictado del presente Decreto, en el marco del programa creado por Decreto N° 315/2024:
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APELLIDO Y NOMBRE DNI DEPORTE BECA MONTO ANTECEDENTES
PARODI IGNACIO 43.050.889 ATLETISMO PARALÍMPICO INTER $ 300.000 DIPLOMA PARAPARAMERICANO - LANZAMIENTO DE BALA Y DISCO SANTIAGO DE CHILE 2023 SELECCIÓN ARGENTINA FADEC
BARRETO HERNAN 35.981.513 ATLETISMO PARALÍMPICO INTER $ 300.000 MEDALLA DE ORO EN JUEGOS PARAPARAMERICANO - SANTIAGO DE CHILE 2023 - 100 MTS SELECCIÓN ARGENTINA - CLASIFICADO JUEGO PARALIMPICOS 2024
TURCITU GIULIANO 44.930.953 VOLEY INTER $ 300.000 4º MUNDIAL U21 EN IRÁN SELECCIÓN ARGENTINA U21
CARELLA NELSON 43.800.115 WHUSHU-KUNG FU INTER $ 300.000 9º CAMPEONATO MUNDIAL DE KUNGFU -CHINA SELECCIÓN ARGENTINA
SEDRAN NICOLAS 47.755.967 HOCKEY SOBRE HIELO INTER $ 300.000 1º LATAM COPA U16 2023 ,USA SELECCIÓN ARGENTINA U16
SALAS LUIS 26.921864 HOCKEY SOBRE HIELO INTER $ 300.000 SUBCAMPEÓN SUDAMERICANO PR3 2023 CHILE SELECCIÓN ARGENTINA PARALIMPICA
SILVESTRO
EVELYN 41.767.520 REMO INTER $ 300.000 BRONCE CAMPEONATO PANAMERICANO 2023 SELECCIÓN ARGENTINA - CLASIFICADA JUEGOS OLIMPICOS 2024
SCOGLIA ROMINA 29.805.280 ATLETISMO INTER $ 300.000 RECORD ARGENTINO EN EL CAMPEONATO MUNDIAL DE 24HS EN TAIPEI ,CHINA SELECCIÓN ARGENTINA DE ULTRAMARATÓN
MOREIRA
FRANCISCO ROSAS 47.518.417 REMO NAC $ 150.000 CAMPEÓN ARGENTINO 2023 JUNIOR SELECCIÓN NACIONAL 2024
VILLALBA
VALENTINO 47.744.020 BMX NAC $ 150.000 SELECCIÓN NACIONAL 2024
MANCINO JUAN 46.746.351 REMO NAC $ 150.000 CAMPEÓN NACIONAL 8XJUNIOR
ALVAREZ SOFIA 44.591.706 REMO NAC $ 150.000 CAMPEONA ARGENTINA DOBLE PAR U23
ROJAS MARCOS 45.032.966 REMO NAC $ 150.000 CAMPEÓN ARGENTINO U23
NUÑEZ ALEJANDRO 45.540.571 REMO NAC $ 150.000 BRONCE CAMPEONATO ARGENTINO X8 CAMPEÓN ARGENTINO X8 JUNIOR
PERALTA NICOLAS 47.836.961 REMO NAC $ 150.000 CAMPEÓN ARGENTINO X8 JUNIOR
GODOY FEDERICO 47.828.876 NATACIÓN NAC $ 150.000 11 PODIOS EN CAMPEONATOS NACIONALES 2023
GODOY MAIROTTE
PABLO AGUSTIN 49.158.449 NATACIÓN NAC $ 150.000 PODIOS EN CAMPEONATOS NACIONALES DE CADETES
BUTUZ MARTIN 42.346.548 REMO NAC $ 150.000 SUBCAMPEÓN ARGENTINO 2X SENIOR
PAVIA SOL 41.647.801 REMO NAC $ 150.000 CAMPEONA ARGENTINA PR3
CAFFARO SIMON 46.893.217 ATLETISMO NAC $ 150.000 5º CAMP. ARGENTINO U20 Y U23 DECATLON - BRONCE EN COPA NAC CLUBES 2023
PALAVECINO
JAZMIN 49.532.002 REMO NAC $ 150.000 CAMPEONA ARG JUVENIL EN 8X Y SUBCAMPEONA 4X Y 2X
TURCITU BIANCA 48.036.217 VOLEY NAC $ 150.000 BRONCE CAMP ARGENTINO U16
ESCUTIA ANA 12.444.800 NATACIÓN NAC $ 150.000 CAMPEONA ARGENTINA MASTER
ARTÍCULO 2°.- Autorízase a la Contaduría Municipal a abonar las “Becas Deportivas de Alto Rendimiento” otorgados según detalle del artículo precedente.
ARTÍCULO 3°.- Remítase copia de la presente al Honorable Concejo Deliberante para conocimiento, con la finalidad de asegurar la transparencia en el presente acto del gobierno municipal, por las razones expuestas en los considerandos.
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ARTÍCULO 4°.- El gasto autorizado en el presente Decreto deberá afectarse a Jurisdicción: 1110108000 - Secretaría de Desarrollo Humano y Promoción Social; Programa: 52 - Cultura y Deporte; Actividad: 06 - Programa Deporte y Salud; Fuente de Financiamiento: 110 - Origen Municipal; Partida: 5.1.3.0 - Becas.
ARTÍCULO 5°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Desarrollo Humano, Educación, Cultura y Deporte IVAN R. GOMEZ GEREZ.
ARTÍCULO 6°.- Regístrese, comuníquese, tomen conocimiento la Secretaría de Desarrollo Humano, Educación, Cultura y Deporte, Secretaría de Economía y Contaduría Municipal, publíquese y archívese.