Boletines/Trenque Lauquen

Decreto Nº398/2024

Decreto Nº 398/2024

Trenque Lauquen, 16/02/2024

398-24 Exencion AGRI SUN SRL

Visto

El pedido de exención realizado por la firma AgriSun S.R.L. y lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Legales y la Secretaría de Hacienda Municipal; y,

Considerando

Que la firma AgriSun S.R.L., a través de su socio gerente, ha presentado formal pedido de exención respecto de los tributos municipales que gravan la actividad industrial y los inmuebles que ocupa la firma, en su calidad de locataria, por el plazo de quince (15) años;

Que en fecha 05/10/2023 emite dictamen la Dirección de Asuntos Legales, realizando lo propio el Secretario de Hacienda Municipal en fecha 13/11/2023, requiriéndose al solicitante, información y documentación complementaria en consonancia con las exigencias previstas en la Ordenanza Municipal Nº 4548/2016;

Que, en fecha 01/12/2023, la empresa cumple con el requerimiento formulado, acompañando la información y documentación que le fuera solicitada;

Que, a raíz de ello, en fecha 08/01/2024, emite un nuevo dictamen la Dirección de Asuntos Legales, considerando que, prima facie, se habrían cumplimentado las exigencias estatuidas por la normativa aplicable a los fines de acceder al beneficio impositivo pretendido, aunque remarcando que, visto el carácter de locataria de la firma solicitante, la misma no debería superar el tiempo de duración del contrato de locación habido con la sociedad propietaria del predio (15/06/2025);

Que, en fecha 26/01/2024, el Secretario de Hacienda Municipal presta conformidad con lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Legales;

Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN DECRETA:

ARTICULO 1º: Concédase la exención tributaria solicitada por la firma AGRISUN S.R.L., C.U.I.T. Nº 30-71649363-2, respecto de los tributos municipales que gravan la actividad industrial y los inmuebles que ocupa la firma por el presente período fiscal.-

ARTICULO 2º: Hágase saber que, en cualquier caso, la exención tributaria otorgada no deberá superar la fecha de vencimiento del contrato de locación con la sociedad propietaria de los inmuebles en cuestión(15/06/2025).-

ARTICULO 3º: Hágase saber a la beneficiaria que ante el acaecimiento de alguna causal de rescisión o resolución del contrato de locación que pueda eventualmente tener lugar en su transcurso, deberá notificar fehacientemente a la Municipalidad de tal circunstancia a fin de adoptar las medidas del caso, bajo apercibimiento de resultar responsable por los daños y perjuicios que pueda provocar el incumplimiento de tal carga.-

ARTICULO 4º: Notifíquese al interesado con entrega de copia del presente.-

ARTICULO 5º: Hágase saber a la Dirección de Tributos, a la Dirección de Asuntos Legales y a la Subsecretaría de Producción.-

ARTICULO 6: Regístrese, notifíquese y, oportunamente, archívese.-
 

Cdor. Alfredo L. Zambiasio
Secretario de Hacienda
Municipalidad de Trenque Lauquen 
        
Francisco Recoulat
Intendente 
Municipalidad de Trenque Lauquen