Boletines/Trenque Lauquen
Decreto Nº 579/2024
Trenque Lauquen, 04/03/2024
579-24 AJUSTE VALORES 50 TERRENOS - PROGRAMA SOLIDARIDAD -IVBA 009-081-2021 - 01-ABR-2024
Visto
La necesidad de ajustar los valores de los diferentes planes viviendas/terrenos de la Municipalidad de Trenque Lauquen, y;
Considerando
Que mediante Decreto Nº 2291/2023 se adjudicaron 50 viviendas del Programa Solidaridad con Municipios.-
Que en el Artículo 1º, se identifican los titulares mediante nueve segmentos conforme requisitos establecidos por Decreto Nº 1895/2023.-
Que de acuerdo al Artículo 2°, se establece el valor del terreno con infraestructura de propiedad de la Municipalidad de Trenque Lauquen y la cantidad de cuotas. Asimismo, que el importe correspondiente a la vivienda en sí, será abonado directamente por los adjudicatarios al Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires.-
Que según el mismo Artículo el valor de las cuotas del terreno se ajustará trimestralmente utilizando el Coeficiente de Variación Salarial (CVS).-
Que es indispensable que la Municipalidad de Trenque Lauquen actualice los valores de las cuotas con el objetivo de garantizar la continuidad de los planes de viviendas/terrenos.-
Que por decretos anteriores se han ajustado los valores de las cuotas de los diferentes planes habitacionales.-
Que ante incremento del Coeficiente de Variación Salarial (CVS), se deben hacer los cálculos de los valores de las cuotas y actualizar por actos administrativos.-
Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN DECRETA:
ARTICULO 1.- A partir del 1° de Abril de 2024 se aplicará la actualización de los valores de las cuotas de los diferentes planes de viviendas/terrenos de la Municipalidad de Trenque Lauquen indicados en el artículo siguiente, ajustándose a la legislación vigente en la materia y a las variaciones del Coeficiente de Variación Salarial (CVS), el que se aplicará a partir de la fecha de la suscripción de los boletos de compraventa correspondientes.-
Este procedimiento se aplicará en las cuotas devengadas y las futuras que correspondan a cada uno de los beneficiarios de las viviendas/terrenos.-
ARTICULO 2.- La Contaduría a través del Departamento de Fiscalización y Tributos, procederá a aplicar la actualización de las cuotas por terreno desde la fecha fijada en el artículo 1° que se detallan a continuación:
Barrio |
Decretos y Ordenanza |
Fecha |
CVS de |
CVS de |
Coef |
Cuota |
Monto Cuota Actualizada |
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|
Boleto/Adj |
SEP-23 |
DIC.-23 |
Anterior |
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||||||
137 |
1895/2023 2291/2023 |
01/09/2023 |
1.964,30 |
2.546,20 |
1.2962 |
13.867,73 |
17.975,35 |
||||
Solidaridad |
5219/2021 |
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ARTICULO 3.- La Oficina de Fiscalización también procederá a hacer las correcciones correspondientes de los valores modificados para las cuotas adeudadas y no devengadas, y las futuras.-
ARTICULO 4.- Comuníquese, notifíquese, regístrese y cumplido archívese.-
Cdor. Alfredo Luis ZAMBIASIO
Secretario de Hacienda
Francisco RECOULAT
Intendente Municipal de Trenque Lauquen