Boletines/Trenque Lauquen

Decreto Nº733/2024

Decreto Nº 733/2024

Trenque Lauquen, 20/03/2024

733-2024 Honorarios y Aportes MTL c- Diaz Sabina y otros s- Apremio Expte. Nº 4192-2023

Visto

Que en “MUNICIPALIDAD DE TRENQUE LAUQUEN C/ DIAZ SABINA Y OTROS S/ APREMIO” (Expte. TL-4192-2023), se han regulado honorarios judiciales por las labores de los Dres. Gustavo Andrés Marchabalo, Jonatan Bevilacqua y Verónica Beatriz Lafón, en la suma de Pesos Cincuenta y cuatro mil con 33/100 centavos ($54.000,33), a favor de cada letrado, lo que hace un total de Pesos Ciento sesenta y dos mil un con 00/100 centavos ($162.001,00), ingresando al arca del Municipio el 50%, que asciende a la suma de Pesos Ochenta y un mil con 50/100 centavos ($81.000,50). -

Teniendo presente que la parte demandada ha realizado los aportes previsionales correspondientes (10%), no queda deducir de los honorarios regulados suma alguna, atento a que con la deducción del anticipo previsional, el aporte previsional a cargo de cada letrado queda saldado. Asimismo, no corresponde la deducción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, dada la adhesión de los letrados intervinientes al Régimen Simplificado (art. 30, Res. ARBA Nº 21/21) y,

Considerando

Lo dispuesto por la Ley 8838, en cuanto a que el cincuenta por ciento (50%) de los honorarios netos regulados por la labor de los abogados municipales, puede ser distribuidos entre ellos. -

Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN DECRETA:

ARTÍCULO 1º: Líbrense las siguientes órdenes de pago:

a) Para el Dr. JONATAN BEVILACQUA: Pesos Veintisiete mil con 16/100 centavos ($27.000,16), para responder al 50% de honorarios netos, del juicio indicado en "VISTOS".-

b) Para la Dra. VERÓNICA BEATRIZ LAFON: Pesos Veintisiete mil con 16/100 centavos ($27.000,16), para responder al 50% de honorarios netos, del juicio indicado en "VISTOS".-

c) Para el Dr. GUSTAVO ANDRES MARCHABALO: Pesos Veintisiete mil con 16/100 centavos ($27.000,16), para responder al 50% de honorarios netos, del juicio indicado en "VISTOS".-

ARTICULO 2º: Dése la debida intervención a la Contaduría Municipal y a la tesorería Municipal.

ARTICULO 3º: Regístrese y cúmplase. -

Cdor. Alfredo L. Zambiasio
Secretario de Hacienda
Municipalidad de Trenque Lauquen 

        
Francisco Recoulat 
Intendente 
Municipalidad de Trenque Lauquen