Boletines/Tandil

Decreto Nº2170/2024

Decreto Nº 2170/2024

Tandil, 17/07/2024

Visto

La Ordenanza municipal Nº 17.603, por la cual se crea el Observatorio Vial en el Partido de Tandil, y

Considerando

Que es necesario proceder a su reglamentación para su implementación.

Que los datos recabados y analizados en el marco del Observatorio Vial serán fundamentales para planificar acciones que tiendan a reducir los incidentes viales.

Que el presente observatorio pasará a formar parte del Plan Integral de Movilidad Urbana delineado en el Acuerdo del Bicentenario.

Que, consecuentemente, corresponde dictar el pertinente acto administrativo.

Por todo ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL de TANDIL

D E C R E T A

Artículo 1°: La coordinación de las funciones y objetivos de la Ordenanza 17603 estará a cargo de la Subsecretaría de Innovación Tecnológica y Participación Ciudadana, con la asistencia de la Secretaría de Protección Ciudadana. Para ello, la Dirección de Estadística Local establecerá un método para el procesamiento de datos, su análisis, la frecuencia de actualización, y la creación de mapas en colaboración con el área de geotecnologías.

Artículo 2°: La Subsecretaría de Innovación Tecnológica y Participación Ciudanana será la responsable de elaborar y publicar el mapa de accidentología/siniestralidad, así como cualquier otro instrumento estadístico que colabore con la sistematización y evaluación de datos para la toma de decisiones relacionadas con los objetivos enunciados en la Ordenanza 17.603.

Artículo 3°: El mecanismo de compilación y verificación de datos será el siguiente diagrama de flujo de información:

a) Fuente primaria de información: datos suministrados por Jefatura Departamental Tandil. La misma remitirá los datos ingresados por el 101, 911 y cualquier otro medio de comunicación, relacionados con incidentes o accidentes viales en la planta urbana de la ciudad.

a.1. Datos suministrados por el Destacamento de Seguridad Vial Tandil, correspondientes a incidentes o accidentes viales en rutas nacionales y/o provinciales dentro del Partido de Tandil.

a.2. Datos suministrados por la Subcoordinación de Patrulla Rural Tandil, correspondientes a incidentes o accidentes viales en caminos vecinales y rurales dentro del Partido de Tandil.

a.3.Esta información se cotejará con la ya existente proveniente de los datos suministrados por el SISP a partir de las atenciones en la Guardia y los llamados al 107.

b) Fuente secundaria de información: datos ingresados a través del 103 (Defensa Civil) y 100 (Bomberos y Bomberos Voluntario Gardey/Vela).

c) Fuentes complementarias: datos suministrados por el Centro de Monitoreo Tandil, en aquellos casos donde existan imágenes disponibles sobre accidentes o incidentes viales en el Partido de Tandil.

c.1. Policía Científica: será convocada en caso de que sea necesario aportar datos en aquellos casos en que haya intervenido.

c.2. Otras fuentes de información: que puedan ampliar la compilación y verificación que se vayan generando en el futuro como lo son las compañías de seguro.

Artículo 4°: La Dirección de Control Urbano Vehicular y la Dirección de Educación Municipal serán las encargadas de planificar y promover actividades en el marco del Programa de Educación en Seguridad Vial Vigente.

Artículo 5°: Facúltase a la Dirección General de Inspección y Habilitaciones a solicitar la realización de curso de educación en seguridad vial al momento de la renovación y/o ampliación de licencia de conducir en los casos de reiteración de faltas de tránsito consideradas graves. El material de lectura se encontrará disponible en la web oficial del Municipio.

Artículo 6°: No requiere reglamentación.

Artículo 7°: El presente decreto será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete.

Artículo 8°: Regístrese, comuníquese, dése al “Boletín Municipal”. Tomen conocimiento, la Secretaría de Protección Ciudadana, Dirección de Control Vehicular Urbano, Subsecretaría de Innovación Tecnológica y Participación Ciudadana, Dirección de Estadística Local, Dirección de Educación y oportunamente archívese.

Firma Digital: Julio Elichiribehety (Jefe de Gabinete)    -    Miguel Ángel Lunghi (Intendente)

                            Jefatura de Gabinete de Secretarios             -                     Intendencia