Boletines/Zárate

Decreto Nº531/24

Decreto Nº 531/24

Zárate, 08/07/2024

Visto

Lo actuado en el Expediente Municipal Nº4121-2539/2024, en el corren agregados los antecedentes vinculados a la: “ADQUISICIÓN DE NEUMATICOS PARA PARQUE AUTOMOTOR MUNICIPAL DE LIMA”, y;

 

Considerando

Que, el Expediente 4121-2539/2024, citado en el visto tiene por objeto seleccionar una Empresa para la adquisición de la provisión antes mencionada.-

Que, a fs. 4 a 5, del mencionado expediente, consta la Memoria Descriptiva, la Evaluación Técnica y, el Presupuesto Municipal Oficial discriminado por los ítems correspondientes a las provisiones a adquirir por el Municipio.-

Que, el presupuesto oficial, asciende al importe de Pesos Cuarenta y Dos Millones Setecientos Cincuenta Mil Doscientos Cuarenta con Cero Ctvs.  ($42.750.240,00), I.V.A, incluido.

Que, a fs. 6 a 8, del mencionado expediente, constan las cotizaciones presentadas por las Empresas: BULL-VIAL S.R.L., FARIAS DOMINGO JUAN y NEUMAPRO respectivamente.-

Que, conforme a las provisiones a adquirir, la Empresa BULL-VIAL S.R.L. presenta una cotización que asciende al importe de Pesos Treinta y Ocho Millones Trescientos Treinta y Cinco Mil Setecientos Cincuenta y Seis con Veintiséis Ctvs. ($38.335.756,26), precio final, I.V.A. incluido (fs. 6).-

Que, igualmente, la Empresa FARIAS JUAN DOMINGO, presenta un presupuesto por el importe de Pesos Cuarenta y Tres Millones Cien Mil con Cero Ctvs.  ($43.100.000,00), precio final, I.V.A. incluido (fs. 7 y 7 vuelta) y por último la empresa NEUMAPRO presenta Pesos Cuarenta y Dos Millones Ochocientos Sesenta y Un Mil con Cero Ctvs. ($42.861.000,00), precio final, I.V.A. incluido (fs. 8).-

Que, a fs. 10, Contaduría Municipal, informa -en su parte conducente a los presentes considerandos- encuadra la provisión por los motivos, razones y fundamentos expuestos en los considerandos precedentes dicha contratación quedaría comprendida en las excepciones contenidas normado en el art. 156 inc. 10° como excepción a lo previsto en el Art. 151 de la L.O.M..-

A fs. 14 la Secretaría de Lima informa que habiéndose realizado la compulsa de precios con tres (3) proveedores se concluye que la oferta realizada por el proveedor BULL-VIAL SRL se encuentra a valores corrientes de plaza en las condiciones de comerciales de oferta más conveniente en el mercado, al ser la cotización más baja de las requeridas y sugiere adjudicar la contratación directa a dicho proveedor por la suma de pesos treinta y ocho millones trescientos treinta y cinco mil setecientos cincuenta y seis con 26/100 ($ 38.335.756,26).

Que el inciso 10 del artículo 156 del Decreto Ley 6769/58 Ley Orgánica de las Municipalidades establece como excepción al uso de los mecanismos de contratación establecidos en el artículo 151 de dicha norma a las adquisiciones de bienes de valor corriente en plaza en las condiciones comerciales de oferta más convenientes en el mercado, cualquiera sea su monto. Señala además que será responsabilidad del secretario del ramo y del contador municipal comprobar y certificar que la operación se encuadra en el nivel de precios y en las condiciones habituales del mercado.

Que tanto el Secretario de área solicitante como la Contaduría Municipal han certificado que los bienes están ofrecidos a valores corrientes de plaza y en condiciones comerciales de oferta más conveniente, luego de realizada una compulsa de precios con tres (3) oferentes presentados, acreditando la excepción requerida conforme la normativa vigente.

Que, según consta a fs. 4 es indispensable y urgente proveer a los rodados municipales utilizados en Lima de nuevos neumáticos dado que se requiere para la realización de las tareas cotidianas y tienen un impacto directo en la seguridad de los agente municipales que conducen estos vehículos, por lo que debe procederse a la realización de una contratación sin demora, puesto que utilizar los procedimientos establecidos en el artículo 151 del Decreto Ley 6769/58 implica plazos que de ser utilizados no permitirían cumplir con el objeto de la contratación.

Que a fs. 18/19 luce dictamen de la Subsecretaría de Asuntos Legales sin manifestar observaciones.

Que en consecuencia corresponde proceder a adjudicar de manera directa a la empresa BULL-VIAL SRL en el marco de lo establecido en el inciso 10 del artículo 156 del Decreto Ley 6769/58 Ley Orgánica de las Municipalidades.

Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DE ZÁRATE, en uso de las facultades que le son propias;

 

 

 

DECRETA

 

ARTÍCULO 1º.- Adjudícase, la contratación de la: “ADQUISICIÓN DE NEUMATICOS PARA PARQUE AUTOMOTOR MUNICIPAL DE LIMA”, a la Empresa BULL-VIAL S.R.L cuyo CUIT es 30-70801757-0 con domicilio constituido en Ruta de la Tradición 4020 – Bo. 9 de Abril, de la Ciudad de Esteban Echeverría, Provincia de Buenos Aires.-

ARTÍCULO 2º.- Apruébase, el monto de la cotización aceptada que, asciende a la suma de Pesos Treinta y Ocho Millones Trescientos Treinta y Cinco Mil Setecientos Cincuenta y Seis con Veintiséis Ctvs. ($38.335.756,26), IVA. Incluido; en las Condiciones de su cotización y oferta, obrante a fs. 6, del Expediente Municipal Nº 4121-2539/2024.-

ARTÍCULO 3º.- Establézcase el Plazo de Entrega de la provisión aprobada por el Artículo 1º del presente, en treinta (30) días corridos, contados a partir de la fecha del acta de Inicio de Entrega de la provisión, dicha acta podrá ser suplida por el primer remito de entrega el cual no debe superar los 5 días hábiles desde la emisión de la Orden de Compra.-

ARTÍCULO 4º.- Se autoriza a Contaduría Municipal y la Dirección de Compras, a realizar la  apertura de Orden de Compras, por el monto establecido en el Artículo 2º y, por el plazo establecido en el Artículo 3º, ambos artículos del presente Acto Administrativo.-

ARTÍCULO 5º.- Dispóngase que previo a la suscripción del Contrato General, la Empresa Adjudicataria, constituya la garantía contractual, por el importe de Pesos Un Millón Novecientos Dieciséis Mil Setecientos Ochenta y Siete con Ochenta y Uno Ctvs. ($1.916.787,81), equivalente al cinco por ciento (5%) del valor adjudicado.-

ARTÍCULO 6º.- Instruir a la Secretaría de Economía y a la Contaduría Municipal, a los fines de efectuar los pasos necesarios para el cumplimiento del presente Decreto, con imputación a la Partida informada por Contaduría Municipal a fs. 10 del Expediente Nº 4121-2539/24, imputándose los gastos dispuestos en el Artículo 2º del presente a:

Jurisdicción: 1110109000 – Secretaría de Lima.-

Programa: 01 – Administración, Control y Gestión de Lima.-

Actividad: 01 – Administración, Control y Gestión de Lima.-

Partida: 2.4.4.0 – Cubiertas y cámaras de aire.-

Fuente de Financiamiento: 110 - Tesoro Municipal.-

ARTÍCULO 7º.- El presente decreto será refrendado por el Secretario de Lima, Sr. GUILLERMO GUSTAVO ROJAS.

ARTÍCULO 8º.- Regístrese, publíquese, comuníquese, tomen conocimiento la Secretaría de Lima, Secretaría de Gobierno, Secretaría de Economía, Contaduría, Tesorería, Dirección de Seguimiento y Control de Concesiones y Licitaciones, Dirección de Compras y, oportunamente, archívese.-