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Decreto Nº618/24

Decreto Nº 618/24

Zárate, 13/08/2024

Visto

La Nota presentada por la ASOCIACION CIVIL denominada CLUB ATLETICO DEFENSORES DE LIMA ASOCIACION CIVIL, en el Expediente Municipal Nº 4121-4501/2024; y-

Considerando

Que, la ASOCIACION CIVIL denominada CLUB ATLETICO DEFENSORES DE LIMA ASOCIACION CIVIL ha solicitado un subsidio para la compra de alambrado olímpico de pulmón de cancha por la suma PESOS SEISCIENTOS SESENTA   MIL SEISCIENTOS ($ 660.600,00).-

Que obran en el expediente citado en las Visto constancias donde se acreditan datos de los miembros de la comisión directiva de la entidad como así también la inscripción en el registro Municipal según ordenanza 2554, con registro Municipal “C” Nº 395.-

Que el Secretario de Desarrollo Humano Educación, Cultura y Deporte manifiesta que dicha Asociación desarrolla una tarea Social y Deportiva en su zona de influencia convirtiéndose en un actor estratégico para la promoción de la igualdad y la inclusión social por lo cual solicita el presente subsidio.-

Que obra dictamen de la Subsecretaría de Asuntos Legales sin presentar observaciones.

Que, por lo expuesto precedentemente, corresponde acceder a lo peticionado.

Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias,

D E C R E T A

ARTÍCULO 1º.- Autorizase a la Contaduría Municipal a abonar la suma de PESOS SEISCIENTOS SESENTA MIL SEISCIENTOS ($ 660.600,00), en concepto de subsidio con cargo a rendición de cuentas, al CLUB ATLETICO DEFENSORES DE LIMA ASOCIACION CIVIL, registro Municipal “C” Nº 395, sita en Calle 14 Nº 88 de la Localidad de Lima.-         

ARTÍCULO 2°.- Los gastos originados en el presente Decreto deberán afectarse a: Jurisdicción: 1110108000 - Secretaría de Desarrollo Humano y Promoción    Social; Programa: 52 – Cultura y Deporte; Actividad: 09 - Apoyo a Instituciones Deportivas; Fuente de financiamiento: 110 - Origen Municipal; Partida: 5.1.7.0 - Transferencias a Instituciones Culturales y Sociales sin Fines de Lucro;

ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Desarrollo Humano, Educación, Cultura y Deportes, IVÁN R. GÓMEZ GEREZ.-

ARTÍCULO 4º.- Regístrese, comuníquese, a la Secretaría de Desarrollo Humano, Educación, Cultura y Deporte, Secretaría de Economía, Contaduría, Tesorería, publíquese y archívese.-