Boletines/Zárate

Decreto Nº632/24

Decreto Nº 632/24

Zárate, 23/08/2024

Visto

Lo dispuesto por la Ley 14.656, y las Ordenanzas N° 5061 y 5130; y-

Considerando

Que, atento la necesidad de proveer una recomposición salarial atendiendo a los intereses de los trabajadores municipales; este Departamento Ejecutivo Municipal decide otorgar un aumento salarial al mes de Agosto de 2024 sobre los sueldos básicos, tanto del personal de planta permanente, como temporario, y plantel jerárquico;

Que según el artículo 108º del Decreto Ley 6.769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) “Constituyen atribuciones y deberes, en general, del departamento ejecutivo: ... 16. Ejercer las demás atribuciones y cumplir los deberes inherentes a la naturaleza de su cargo que le impongan las leyes de la Provincia”;

Que la Ley Provincial Nº 14.656, que sanciona el Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia, fija en cabeza del Departamento Ejecutivo la atribución de determinar el sueldo para las distintas categorías y agrupamientos en los que revista el personal municipal, y en su artículo 104º dispone que el Departamento Ejecutivo determinará por vía reglamentaria el escalafón y las nóminas salariales para el personal de la administración municipal;

Que la Ordenanza N° 5061 aprobó la norma complementaria del Presupuesto del año 2024 la que en su artículo 37 establece que “mensualmente el Departamento Ejecutivo podrá ajustar la totalidad de las remuneraciones aplicando el índice de inflación mensual publicado por el INDEC correspondiente al mes inmediato anterior”;

Que el artículo 1 bis de la Ordenanza N° 5061, incorporado por Ordenanza N° 5130 establece el pago de un concepto no remunerativo denominado "salario mínimo garantizado" el cual se aplicará a todos los agentes municipales, tanto de planta permanente como temporaria que perciban una remuneración neta mínima inferior a pesos cuatrocientos cincuenta mil ($450.000,-), siempre que hayan acreditado en el periodo los requisitos para percibir el presentismo. A tales efectos, el concepto no remunerativo denominado "salario mínimo garantizado" será el equivalente a la diferencia entre el salario neto (una vez deducidos los descuentos de ley de la remuneración bruta) y cuatrocientos cincuenta mil pesos ($450.000.-);

Por ello, el  INTENDENTE  MUNICIPAL, en  uso de las facultades  que le son propias,

D  E  C  R  E  T  A

ARTÍCULO 1º.- Apruébase con vigencia a partir del 1º de agosto de 2024 la nueva escala salarial, para el personal que revista en las diferentes categorías del escalafón de las plantas permanente, temporaria, y plantel jerárquico según planilla que se adjunta al presente como Anexo I, con los porcentajes de incremento sobre la escala salarial hasta ahora vigente que allí se indican.

ARTÍCULO 2º.- Autorízase el pago del concepto no remunerativo denominado “salario mínimo garantizado” establecido en el artículo 1 bis de la Ordenanza N° 5061 incorporado por Ordenanza N° 5130, el cual se aplicará a todos los agentes municipales, tanto de planta permanente como temporaria que perciban una remuneración neta mínima inferior a pesos cuatrocientos cincuenta mil ($450.000,-), siempre que hayan acreditado en el período los requisitos para percibir el presentismo.

A tales efectos, el concepto no remunerativo denominado “salario mínimo garantizado” será el equivalente a la diferencia entre el salario neto (una vez deducidos los descuentos de ley de la remuneración bruta) y pesos cuatrocientos cincuenta mil ($450.000,-).

ARTÍCULO 3º.- Elévese al Honorable Concejo Deliberante copia del presente Decreto para   su conocimiento, y dictado del Decreto correspondiente al escalafón del personal de ese H. Cuerpo.-

ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno Dn. IGNACIO JERÓNIMO SUAREZ OGALLAR.

ARTÍCULO 5º.- Regístrese, publíquese, tomen conocimiento las distintas Secretarías y Subsecretarías, Contaduría, Tesorería, Subsecretaría de Recursos Humanos, Sindicato del Personal Municipal del Partido de Zárate, Asociación de Trabajadores del Estado, comuníquese y archívese.-

 

ANEXO I

C A T E G O R I A

Basicos

Basicos

PLANTA PERMANENTE

dde 1/07/2024

dde 1/08/2024

 

4,6%

 

AUMENTO

Personal Superior

 

 

 

Intendente

6.975.274,13

6.975.274,13

0%

                                               Gastos de Representación

 

 

 

Secretarios

2.048.472,44

2.048.472,44

0%

Subsecretarios

1.588.475,72

1.588.475,72

0%

Personal Jerárquico

 

 

 

Contador

1.827.040,28

1.827.040,28

0%

Juez de Faltas

1.827.040,28

1.827.040,28

0%

Tesorero

1.577.211,85

1.577.211,85

0%

Director General

1.469.155,48

1.498.538,59

2%

Clase I : Director

1.327.374,78

1.380.469,78

4%

Clase II : Jefe de Departamento

1.015.014,12

1.055.614,69

4%

Clase III : Jefe de División

929.972,68

967.171,59

4%

Personal Profesional

 

 

 

Clase I

747.303,04

777.195,16

4%

Clase II

667.581,86

694.285,14

4%

Clase III

658.376,85

684.711,93

4%

Clase IV

608.974,48

633.333,46

4%

Clase V

575.417,47

598.434,17

4%

Personal Técnico

 

 

 

Clase I (A)

706.085,30

734.328,71

4%

Clase I (B)

681.212,34

708.460,83

4%

Clase II

658.376,85

684.711,93

4%

Clase III

608.974,48

633.333,46

4%

Clase IV

563.316,31

585.848,96

4%

Clase V

532.818,48

554.131,22

4%

Personal Administrativo

 

 

 

Clase I (A)

631.291,47

656.543,13

4%

Clase I (B)

595.683,66

619.511,00

4%

Clase II

563.316,31

585.848,96

4%

Clase III

532.818,48

554.131,22

4%

Clase IV

503.348,18

523.482,10

4%

Clase V

491.412,56

511.069,06

4%

Clase VI

381.460,30

381.460,30

0%

Personal Obrero y Servicio

 

 

 

Clase I (A)

595.683,66

619.511,00

4%

Clase I (B)

563.316,31

585.848,96

4%

Clase II

532.818,48

554.131,22

4%

Clase III

503.348,18

523.482,10

4%

Clase IV

491.412,56

511.069,06

4%

Clase V

491.412,56

511.069,06

4%

PLANTA TEMPORARIA                 

 

 

 

Personal Mensualizado

 

 

 

Auxiliar (A)

658.376,85

684.711,93

4%

Auxiliar (B)

631.291,47

656.543,13

4%

Auxiliar (C)

595.683,66

619.511,01

4%

Auxiliar (D)

563.316,31

585.848,96

4%

Auxiliar (E)

532.818,48

554.131,22

4%

Auxiliar (F)

503.348,18

523.482,10

4%

Auxiliar (G)

491.412,56

511.069,06

4%

Auxiliar (H)

491.412,56

511.069,06

4%

Personal Jornalizados

 

 

 

Oficial (A)

595.683,66

619.511,00

4%

Oficial (B)

563.316,31

585.848,96

4%

Oficial (C)

532.818,48

554.131,22

4%

Oficial (D)

503.348,18

523.482,10

4%

Oficial (E)

491.412,56

511.069,06

4%

Peones

491.412,56

511.069,06

4%

 

 

 

 

Banda Municipal

412.837,71

429.351,21

4%

Asesor A

1.588.475,72

1.588.475,72

0%

Asesor B

1.469.155,48

1.469.155,48

0%

Asesor C

1.327.374,78

1.327.374,78

0%