Boletines/Trenque Lauquen

Ordenanza Nº5495/2024

Ordenanza Nº 5495/2024

Trenque Lauquen, 13/05/2024

EXPOSICION DE MOTIVOS:

La “COMISIÓN AMIGOS DEL TALLER PROTEGIDO DE TRENQUE LAUQUEN PENI HUÉ” por nota N° 2655 de fecha 05/04/2024 a través de su Presidente SORRENTO Omar, solicitó autorización para construir un salón de uso múltiple (anexo I) en el lote adquirido el 23/09/2016, en calle 12 de Abril N° 547 de la localidad de Trenque Lauquen, ubicado calle por medio al edificio que ya posee;

Designación catastral del bien: Circunscripción I - Sección B - Quinta 21 – Manzana 21 d - Parcela 5d;

Medidas del lote: 9,50m de frente por 20,00m de fondo con una superficie 190m2

Por Expediente de Obra P-424-2024 el MMO Planas Rubén presentó el diseño del salón (anexo I), que al superar los indicadores y retiros estipulados por la Ordenanza 3465/2010 (Código de Zonificación TL) no se le dio curso;

Teniendo en cuenta el servicio comunitario que brinda esta Comisión, el Dictamen favorable de la Oficina Técnica Municipal, y que el Artículo 102° del Decreto Ley 10128/83, modificatorio a la Ley 8912, prevé estas situaciones, cuando el “Interés Público” lo requiera, siendo el organismo provincial o municipal quien debe elevar la propuesta, cosa que ha realizado el Departamento Ejecutivo (Exp. N° 6595/24 HCD.).

POR ELLO:

                      EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE LEY LA PRESENTE:

O R D E N A N Z A

ORDENANZA

Artículo 1°.-) Autorízase a la “COMISIÓN AMIGOS DEL TALLER PROTEGIDO DE TRENQUE LAUQUEN PEÑI HUÉ” a ejecutar el anteproyecto indicado en el anexo I en el inmueble de su propiedad ubicado en calle 12 de Abril N°547 de la localidad de Trenque Lauquen, designado catastralmente: Circunscripción I - Sección B - Quinta 21 - Manzana 21 d - Parcela 5d.

Artículo 2°.-) El Departamento Ejecutivo, a través del área correspondiente realizará el control y seguimiento de la autorización conferida por la presente.

Artículo 3°.-) El plano de obra deberá expresar en otras exigencias que en el caso de demolición y cambio destino deberá adecuarse a la hoja de zona del Código de Zonificación y Código de Edificación vigentes.

Artículo 4°.-) Anexo I.

Artículo 5°.-) Comuníquese, regístrese, publíquese y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE TRENQUE LAUQUEN, A LOS TRECE DÍAS DEL MES DE MAYO DE DOS MIL VEINTICUATRO.

Gustavo BORIES
Secretario Legislativo
Honorable Concejo Deliberante
         
María de los Ángeles Felipe 
Vicepresidente 1º 
Honorable Concejo Deliberante 

Promulgación: Decreto N° 1377/2024 – 21/05/2024

Firma:    Fracisco Recoulat – Intendente Municipal.

               Dr. Martin I. Borrazas – Secretario de Gobierno