Boletines/Zárate
Decreto Nº 687/24
Zárate, 11/09/2024
Visto
La Ordenanza Nº 5169, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Zárate, en fecha 05/09/2024; y-
Considerando
Que, mediante la Ordenanza Nº5169, citada en el Visto, el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Zárate, autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a celebrar el Convenio de Colaboración entre la Dirección de Discapacidad e Inclusión de la Secretaría de Desarrollo Humano, Educación, Cultura y Deporte (Dirección DEI) y Softys Argentina S.A. (SOFTYS), para la promoción de la Diversidad e Inclusión;
Que, de acuerdo a lo establecido por el Artículo 108º-Inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto-Ley 6769, corresponde al Departamento Ejecutivo su promulgación;
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias;
D E C R E T A
ARTICULO 1º.- Promúlguese la Ordenanza Nº 5169.-
ARTICULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno, Dn. IGNACIO JERONIMO SUAREZ OGALLAR.-
ARTICULO 3º.- Regístrese, Comuníquese, publíquese y archívese.-
CORRESPONDE A EXPTE. 4121 – H.C.D. 357/24.-Marzo de 2024
VISTO:
El expediente N° 4121-5554/2024; y,
CONSIDERANDO:
Que este Departamento Ejecutivo Municipal promueve la suscripción de un Convenio de Colaboración entre la Dirección de Discapacidad e Inclusión de la Secretaría de Desarrollo Humano, Educación, Cultura y Deporte (Dirección DEI) y SOFTYS Argentina S.A. (SOFTYS) para la promoción de la Diversidad e Inclusión.
Que Sofstys es una Empresa comprometida con la responsabilidad social corporativa y está interesada en promover la diversidad e inclusión en su organización y en la comunidad, particularmente en la ciudad de Zárate donde se establece una de sus plantas productivas y se encuentra desarrollando acuerdos de colaboración y alianzas con los distintos actores que fomenten, entre otras cosas, la diversidad y la inclusión.
Que convienen en suscribir el presente Convenio de Colaboración, el que tiene por objeto establecer bases de colaboración entre la DEI y Softys para llevar adelante acciones conjuntas que promuevan la diversidad e inclusión de las personas con discapacidad en el ámbito laboral y social.
Que corresponde al Honorable Concejo Deliberante autorizar convenios en función de lo establecido en el artículo 41 del Decreto Ley 6769/58 (L.O.M).
Que el Departamento Ejecutivo Municipal tiene la firme voluntad de articular acciones con empresas en pos de incrementar la oferta laboral y social en la ciudad de Zárate permitiendo fomentar el acceso al empleo y el desarrollo de la zona.
Por ello, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A Nº 5 1 6 9.-
ARTÍCULO 1°.- Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a celebrar el Convenio de Colaboración entre la Dirección de Discapacidad e Inclusión de la Secretaría de Desarrollo Humano, Educación, Cultura y Deporte (Dirección DEI) y SOFTYS Argentina S.A. (SOFTYS), el que forma parte de la presente como Anexo I.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese. Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Zárate, a los cinco días del mes de Setiembre de dos mil veinticuatro.