Boletines/Zárate

Decreto Nº687/24

Decreto Nº 687/24

Zárate, 11/09/2024

Visto

La Ordenanza Nº 5169, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Zárate, en fecha 05/09/2024; y-

Considerando

Que, mediante la Ordenanza Nº5169, citada en el Visto, el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Zárate, autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a celebrar el Convenio de Colaboración entre la Dirección de Discapacidad e Inclusión de la Secretaría de Desarrollo Humano, Educación, Cultura y Deporte  (Dirección DEI) y Softys Argentina S.A. (SOFTYS), para la promoción de la Diversidad e Inclusión; 

                                     Que, de acuerdo a lo establecido por el Artículo 108º-Inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto-Ley 6769, corresponde al Departamento Ejecutivo su promulgación; 

Por ello,  EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias; 

 

 

D  E  C  R  E  T  A 

ARTICULO  1º.- Promúlguese la Ordenanza Nº 5169.- 

ARTICULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno, Dn. IGNACIO JERONIMO SUAREZ OGALLAR.- 

ARTICULO  3º.- Regístrese, Comuníquese, publíquese y archívese.- 

 

CORRESPONDE A EXPTE. 4121 – H.C.D. 357/24.-Marzo de 2024 

VISTO: 

 El expediente N° 4121-5554/2024; y, 

CONSIDERANDO: 

Que este Departamento Ejecutivo Municipal promueve la suscripción de un Convenio de Colaboración entre la Dirección de Discapacidad e Inclusión de la Secretaría de Desarrollo Humano, Educación, Cultura y Deporte (Dirección DEI) y SOFTYS Argentina S.A. (SOFTYS) para la promoción de la Diversidad e Inclusión. 

Que Sofstys es una Empresa comprometida con la responsabilidad social corporativa y está interesada en promover la diversidad e inclusión en su organización y en la comunidad, particularmente en la ciudad de Zárate donde se establece una de sus plantas productivas y se encuentra desarrollando acuerdos de colaboración y alianzas con los distintos actores que fomenten, entre otras cosas, la diversidad y la inclusión. 

Que convienen en suscribir el presente Convenio de Colaboración, el que tiene por objeto establecer bases de colaboración entre la DEI y Softys para llevar adelante acciones conjuntas que promuevan la diversidad e inclusión de las personas con discapacidad en el ámbito laboral y social. 

Que corresponde al Honorable Concejo Deliberante autorizar convenios en función de lo establecido en el artículo 41 del Decreto Ley 6769/58 (L.O.M). 

Que el Departamento Ejecutivo Municipal tiene la firme voluntad de articular acciones con empresas en pos de incrementar la oferta laboral y social en la ciudad de Zárate permitiendo fomentar el acceso al empleo y el desarrollo de la zona. 

Por ello, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS SANCIONA LA SIGUIENTE: 

O R D E N A N Z A  Nº 5 1 6 9.- 

 

ARTÍCULO 1°.- Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a celebrar el Convenio de Colaboración entre la Dirección de Discapacidad e Inclusión de la Secretaría de Desarrollo Humano, Educación, Cultura y Deporte (Dirección DEI) y SOFTYS Argentina S.A. (SOFTYS),  el que forma parte de la presente como Anexo I. 

 

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese. Dado en la Sala de Sesiones  del Honorable  Concejo Deliberante  del Partido  de Zárate, a los cinco días del mes de Setiembre de dos mil veinticuatro.