Boletines/Zárate
Decreto Nº 691/24
Zárate, 16/09/2024
Visto
El expediente N° 4121-5906/2024; y-
Considerando
Que el expediente citado en el Visto la empresa SOCIEDAD COSTANERA ZÁRATE S.A.P.E.M. solicita asistencia financiera para solventar gastos operativos y la regularización de obligaciones fiscales impagas;
Que la Empresa SOCIEDAD COSTANERA ZÁRATE S.A.P.E.M. es una empresa cuyo capital pertenece en su mayoría al Municipio de Zárate, creada por Ordenanza N° 4053 y que cuenta con la concesión de los inmuebles cuya propiedad y/o dominio pertenecen a la Municipalidad de Zárate;
Que la empresa tiene operaciones que no generan ingresos actualmente para hacer frente a sus obligaciones y compromisos;
Que el funcionamiento de la empresa reviste importancia para la Municipalidad de Zárate dado que el objeto de la sociedad es planificar, proyectar y ejecutar por sí o por terceros el desarrollo integral de la ribera, la playa y sus adyacencias en las costas del Río Paraná de las Palmas correspondiente al Municipio de Zárate mediante un plan de desarrollo Urbano de la ribera y puerto de Zárate;
Que, en este sentido, resulta necesario proveer a la empresa de los recursos necesarios para sostener los gastos operativos y el cumplimiento de los pagos de gravámenes e impuestos que permitan mantener el funcionamiento operativo minimo, formalizando una asistencia financiera a través del otorgamiento de un subsidio con cargo a rendición de cuentas;
Que el artículo 276 del Decreto Ley 6769/58 Ley Orgánica de las Municipalidades establece que toda entidad ajena a la Comuna que reciba de ésta, sumas de dinero en concepto de subvención o subsidio, queda obligada a probar la inversión de las mismas. En idéntico sentido se manifiesta el art. 50 del Decreto N° 2980/00;
Por ello, LA INTENDENTE MUNICIPAL INTERINA en uso de las facultades que le son propias,
D E C R E T A
ARTÍCULO 1°.- Dispóngase el otorgamiento de un aporte financiero en carácter de subsidio no reintegrable para financiar gastos operativos y fijos con cargo de rendición de cuentas a la Empresa SOCIEDAD COSTANERA ZÁRATE S.A.P.E.M. CUIT 33-71546292-9, por la suma de PESOS CINCO MILLONES CIENTO SESENTA MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y NUEVE CON 61/100 ($5.160.879,61).
ARTÍCULO 2°.- Autorízase a la Contaduría Municipal a abonar la suma establecida en el Artículo 1ero del presente, para los gastos referenciados en los Considerandos del presente.
ARTÍCULO 3°.- El gasto habilitado en el presente Decreto será imputado a
Jurisdicción: 1110105000 - Secretaría de Gobierno
Programa: 01 - Administración Control y Gestión de la Secretaría de Gobierno
///.-
///2.-
Actividad: 01 - Administración Control y Gestión de la Secretaría de Gobierno
Fuente de financiamiento: 110 - Origen Municipal
Partida: 5.5.2.0 - Transferencias a empresas públicas no financieras para financiar gastos corrientes
ARTÍCULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Gobierno IGNACIO JERÓNIMO SUÁREZ OGALLAR.
ARTÍCULO 5°.- Regístrese, comuníquese, tomen conocimiento la Secretaría de Economía, Contaduría y Tesorería Municipales, publíquese y archívese.