Boletines/Zárate
Decreto Nº 708/24
Zárate, 24/09/2024
Visto
El expediente N° 4121-905/2024; y-
Considerando
Que en el expediente citado en el Visto se tramita la Licitación Pública N° 03/2024 “PLAN DE RENOVACIÓN CAPA ASFÁLTICA DEL CASCO CÉNTRICO ETAPA I – 2024”;
Que por Decreto N° 281/2024 se adjudicó la Licitación Pública 03/2024 a la empresa AMERICAN VIAL S.R.L. por un importe de pesos trescientos cincuenta y cuatro millones trescientos ochenta y ocho mil seiscientos noventa ($ 354.388.690,-);
Que la Secretaría de Obras, Mantenimiento y Servicios Públicos solicita la ampliación del monto de dicha Licitación por la suma de pesos ciento setenta y siete millones ciento cuarenta y tres mil trescientos treinta y cuatro ($ 177.143.334,-) en el marco de lo establecido en el artículo 146 del Decreto Ley 6769/58 Ley Orgánica de las Municipalidades, lo que implica una ampliación del cuarenta y nueve con noventa y ocho (49,98%);
Que se agrega Dictamen Técnico de la Secretaría de Obras Mantenimiento y Servicios Públicos manifestando que es esencial la reparación de la infraestructura vial por lo que se promovió la Licitación Pública objeto de análisis la que está a punto de ser concluida. Señala también que la interrupción de las tareas traería aparejado costos indirectos ocultos y tiempos perdidos deteriorando aún más la estructura de rodamiento vial. Por último entiende que el monto designado resulta conveniente para ese tipo de obras en curso de ejecución y que la empresa las realiza cumpliendo con lo indicado por la Inspección de Obras, las reglas de arte y el pliego;
Que intervienen la Dirección de Seguimiento y Control de Concesiones y Licitaciones dependiente de la Secretaría de Gobierno, la Contaduría Municipal y la Subsecretaría de Asuntos Legales sin manifestar observaciones en el marco de sus respectivas competencias;
Que el artículo 146 del Decreto Ley 6769/58 Ley Orgánica de las Municipalidades establece que “El Departamento Ejecutivo podrá disponer aumentos o reducciones de ítems contratados o creación de nuevos ítems cuyo valor no exceda en conjunto el veinte (20%) por ciento del monto total del contrato, los que serán obligatorios para el contratista. También el Intendente podrá disponer, previo dictamen del organismo técnico municipal, trabajos que superen el porcentaje precedente y que resulten indispensables, urgentes o convenientes en una obra en curso de ejecución siempre que el importe de estos trabajos no exceda el cincuenta (50%) por ciento del monto total contratado”;
Que el importe de la ampliación solicitada resulta superior al veinte por ciento (20%) e inferior al cincuenta por ciento (50%) del monto de la licitación por lo que se encuentra encuadrada en el segundo párrafo del artículo 146 del Decreto Ley 6769/58 Ley Orgánica de las Municipalidades;
Que luce agregado al expediente citado en el Visto el Dictamen Técnico requerido por la normativa indicando las razones de oportunidad, mérito y conveniencia de la ampliación;
Que el Departamento Ejecutivo considera oportuno autorizar la ampliación solicitada;
Por ello, el LA INTENDENTE MUNICIPAL INTERINA en uso de las facultades que le son propias,
D E C R E T A
ARTÍCULO 1°.- Autorízase la ampliación del monto de la Licitación Pública N° 03/2024 “PLAN DE RENOVACIÓN CAPA ASFÁLTICA DEL CASCO CÉNTRICO ETAPA I – 2024”, adjudicada a la empresa AMERICAN VIAL S.R.L. mediante Decreto N° 281/2024, en la suma de pesos ciento setenta y siete millones ciento cuarenta y tres mil trescientos treinta y cuatro ($ 177.143.334,-), IVA incluido.
ARTÍCULO 2°.- Instrúyase a la Dirección de Compras a que proceda a emitir una Orden de Compra por el importe consignado en el artículo 1°.-
ARTÍCULO 3°.- Cítese a la empresa adjudicataria en su domicilio constituido para suscribir la adenda contractual correspondiente.
ARTÍCULO 4°.- Dispónese que a la firma de la adenda contractual se constituya Garantía Contractual por el importe de pesos ocho millones ochocientos cincuenta y siete mil ciento sesenta y seis con 70/100 ($8.857.166,70), correspondiente al cinco por ciento (5%) del valor ampliado, garantía que deberá conservar su vigencia hasta finalizada la obra y por el plazo de conservación de la obra, conforme lo establecido en el Pliego Licitatorio y el contrato a suscribirse.
ARTÍCULO 5°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Obras, Mantenimiento y Servicios Públicos, Ing. SERGIO RICARDO AGOSTINELLI.
ARTÍCULO 6°.- Regístrese, comuníquese, tomen conocimiento la Secretaría de Obras, Mantenimiento y Servicios Públicos, Secretaría de Economía, Contaduría Municipal, Dirección de Compras y Dirección de Seguimiento y Control de Concesiones y Licitaciones, notifíquese a la empresa AMERICAN VIAL S.R.L., publíquese y archívese.