Boletines/Trenque Lauquen
Decreto Nº 2137/2024
Trenque Lauquen, 25/07/2024
2137-24 Honorarios y Aportes MTL C- SUCESORES DE LLADO MIGUEL
Visto
Que en “MUNICIPALIDAD DE TRENQUE LAUQUEN C/ SUCESORES DE LLADO MIGUEL S/APREMIO" N° de Causa 218/2008, se han regulado honorarios judiciales por las labores de los Dres. Verónica Beatriz Lafón, Luis Alberto Lahitte, Mónica Patricia Estévez, Mariela Noemí Jonte y Miguel Ángel Sainz Ajá, en la suma de Pesos Cincuenta y nueve mil doscientos veinticuatro con 04/100 centavos ($59.224,04), a favor de cada letrado, lo que hace un total de Pesos Doscientos noventa y seis mil ciento veinte con 18/100 centavos ($296.120,18), ingresando al arca del Municipio el 50%, que asciende a la suma de Pesos Ciento cuarenta y ocho mil sesenta con 09/100 centavos ($148.060,09).-
Teniendo presente que la parte demandada ha realizado los aportes previsionales correspondientes (10%), queda deducir de los honorarios regulados, en el caso del Dr. Lahitte, la suma de Pesos Mil cuatrocientos ochenta con 60/100 centavos ($1.480,60), correspondiente a Ingresos Brutos por Convenio Multilateral (2.5%), dado que con la deducción del anticipo previsional, el aporte previsional (10%) a cargo de cada letrado queda saldado. Asimismo, en el caso del Dr. Lahitte, corresponde adicionar a los honorarios, la suma de Pesos Doce mil cuatrocientos treinta y siete con 04/100 ($12.437,04), que la parte demandada ha abonado en concepto de Impuesto al Valor Agregado (IVA). En el caso de los Dres. Jonte, Estévez, Sainz Ajá y Lafón, no corresponde la deducción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, dada la adhesión de los letrados mencionados al Régimen Simplificado (art. 30, Res. ARBA Nº 21/21); y,
Considerando
Lo dispuesto por la Ley 8838, en cuanto a que el cincuenta por ciento (50%) de los honorarios netos regulados por la labor de los abogados municipales, puede ser distribuidos entre ellos. -
Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN DECRETA:
ARTÍCULO 1º: Líbrense las siguientes órdenes de pago:
a) Para el Dr. LUIS ALBERTO LAHITTE: Pesos Cuarenta mil quinientos sesenta y ocho con 46/100 centavos ($40.568,46), para responder al 50% de honorarios netos, del juicio indicado en "VISTOS".-
b) Para la Dra. VERÓNICA BEATRIZ LAFON: Pesos Veintinueve mil seiscientos doce con 02/100 centavos ($29.612,02), para responder al 50% de honorarios netos, del juicio indicado en "VISTOS".-
c) Para el Dra. MÓNICA PATRICIA ESTÉVEZ: Pesos Veintinueve mil seiscientos doce con 02/100 centavos ($29.612,02), para responder al 50% de honorarios netos, del juicio indicado en "VISTOS".-
d) Para la Dra. MARIELA NOEMI JONTE: Pesos Veintinueve mil seiscientos doce con 02/100 centavos ($29.612,02), para responder al 50% de honorarios netos, del juicio indicado en "VISTOS".-
e) Para el Dr. MIGUEL ANGEL SAINZ AJA: Pesos Veintinueve mil seiscientos doce con 02/100 centavos ($29.612,02), para responder al 50% de honorarios netos, del juicio indicado en "VISTOS".-
ARTICULO 2º: Dése la debida intervención a la Contaduría Municipal y a la tesorería Municipal. –
ARTICULO 3º: Regístrese y cúmplase. –
Cdor. Alfredo L. Zambiasio
Secretario de Hacienda
Municipalidad de Trenque Lauquen
Francisco Recoulat
Intendente
Municipalidad de Trenque Lauquen