Boletines/Zárate

Decreto Nº776/24

Decreto Nº 776/24

Zárate, 25/10/2024

Visto

El Expediente Municipal Nº 4121-7105-2024; y

Considerando

Que la Subsecretaría de Deportes perteneciente a la Secretaría de Desarrollo Humano y Promoción Social, solicita se dispongan los recursos necesarios para solventar los gastos que se ocasionen con motivo del desarrollo de la ETAPA FINAL - JUEGOS BONAERENSES 2024, en la Ciudad de Mar del Plata los días 28,29,30,31 de octubre y 1 y 2 de noviembre del corriente año;

Que, dicha competencia tiene como objetivo principal incluir e integrar niños, jóvenes y adultos mayores en la práctica del deporte y la cultura a través de una sana competencia;

Que para dicha final se designa una médica acompañante, recursos para cualquier eventualidad que se produzca y el alojamiento para 24 personas que se adicionan;

Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DE ZÁRATE, en uso de las facultades que le son propias;

 

D E C R E T A

ARTICULO 1º.- Autorízase a la Contaduría Municipal a abonar la totalidad de $ 15.840.120 PESOS QUINCE MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA MIL CIENTO VEINTE, para los gastos que a continuación se detallan, con motivo del desarrollo de la – ETAPA FINAL - JUEGOS BONAERENSES 2024:

A) a OLIVIA CASSISI DNI 41.562.388 la suma de PESOS UN MILLON QUINIENTOS MIL ($ 1.500.000) con domicilio en Alcorta y Perón s/n Pilar del Lago Lote 106, en concepto de médica acompañante con motivo de la final Provincial de los Juegos Bonaerenses en la Ciudad de Mar del Plata.

B) a la Subsecretaria de Deportes, PROF. STEFANIA RODRIGUEZ SCHATZ DNI 35.141.428 la suma de PESOS TRES MILLONES ($ 3.000.000,00) con cargo a rendición de cuentas, en concepto de eventuales gastos que puedan surgir.

C) a Ceo Stars hoteles Centrales Asociadas a Turismo SA Cuil 30-71723002-3 número de Proveedor 5066 la suma de ($ 11.340.120,00) PESOS ONCE MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA MIL CIENTO VEINTE, en concepto de hospedaje de 24 (veinticuatro) pasajeros por el término de 5 (cinco) noches, con desayuno y vianda extra para 174 (ciento setenta y cuatro).

ARTÍCULO 3º.- El gasto dispuesto en el Artículo 1º, deberá afectarse a Jurisdicción: 1110108000 – Secretaría de Desarrollo Humano y Promoción Social; Programa: 52 - Cultura y Deporte; Actividad: 10 – Políticas de Juventud; Fuente de Financiamiento: 133 - Origen Nacional; Afectación: 11.9.14.00; Partida: 3.4.7.0. Servicios de Hotelería, 3.4.2.0. Médicos y Sanitarios y 3.7.2.0. Viáticos; del Presupuesto vigente.-

ARTICULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Desarrollo Humano, Educación, Cultura y Deporte, Dn. IVAN RODRIGO GOMEZ GEREZ.-

ARTICULO 5º.- Regístrese, publíquese, tomen conocimiento las Secretarías de Desarrollo Humano, Educación, Cultura y Deporte, y de Economía, Contaduría, Tesorería, comuníquese y archívese.