Boletines/Zárate
Decreto Nº 785/24
Zárate, 31/10/2024
Visto
La Ordenanza Nº 5185, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Zárate, en fecha 24/10/2024; y-
Considerando
Que, mediante la Ordenanza Nº 5185, citada en el Visto, el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Zárate, establece la obligatoriedad de quien detente el cargo de Secretaria Gobierno, de rendir cuentas en forma presencial, no delegable, ante el Honorable Concejo Deliberante en forma anual, debiendo concurrir a tal fin a Sesión Especial a desarrollarse durante el mes de Setiembre de cada año calendario;
Que, de acuerdo a lo establecido por el Artículo 108º-Inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto-Ley 6769, corresponde al Departamento Ejecutivo su promulgación;
Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias;
D E C R E T A
ARTICULO 1º.- Promúlguese la Ordenanza Nº 5185.-
ARTICULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno, Dn. IGNACIO JERONIMO SUAREZ OGALLAR.-
ARTICULO 3º.- Regístrese, Comuníquese, publíquese y archívese.-
CORRESPONDE A EXPEDIENTE N° 4121-H.C.D. 288/24.-
VISTO:
Que, según organigrama vigente del Departamento Ejecutivo Municipal se encuentra en funciones la Secretaría de Gobierno con amplia incumbencia en la ejecución de las políticas locales.-
Que de acuerdo a lo establecido en la Ley Orgánica de las Municipalidades, son sus funciones las de asistir al Intendente en la conducción política de la administración municipal y en todo lo inherente a la determinación y ejecución de las políticas relacionadas con el gobierno político; las relaciones con los gobiernos Nacional y Provincial, y demás organismos gubernamentales y no gubernamentales.-
Que, así se observa que quien se encuentra a cargo de dicha Secretaria resulta ser el ejecutor directo de las políticas de gobierno del Departamento Ejecutivo Municipal, siendo que lleva a cabo las interrelaciones de todas las Secretarias Municipales, su coordinación asimismo ejecuta las relaciones con los diversos estamentos gubernamentales, y,
CONSIDERANDO:
Que, resulta fundamental para un Gobierno abierto y transparente la frecuente información y rendición de cuentas por parte del Departamento Ejecutivo Municipal sobre las políticas públicas desplegadas en el Municipio.-
Que, para poder llevar a cabo una más eficaz tarea legislativa a cargo del Honorable Concejo Deliberante, se requiere de una mejor y más fluida información sobre las acciones llevadas a cabo por el Departamento Ejecutivo Municipal.-
Que, es asimismo una de las funciones a cargo de este Honorable Concejo Deliberante el requerir del Departamento Ejecutivo Municipal toda información y/o explicación que crea de utilidad.
Por ello el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE ZARATE, en el marco del Cuadragésimo Aniversario del Informe del “Nunca Mas”, en uso de sus facultades sanciona la siguiente:
O R D E N A N Z A Nº 5 1 8 5.-
ARTÍCULO 1°.- Establecer la obligatoriedad de quien detente el cargo de Secretario de Gobierno, de rendir cuentas en forma presencial, no delegable, ante este Honorable Concejo Deliberante en forma anual, debiendo concurrir a tal fin a Sesión Especial a desarrollarse durante el mes de Septiembre de cada año calendario.-
ARTÍCULO 2°.- El o la funcionaria será citado/a a los fines de dar cumplimiento a lo establecido. Deberá responder en forma verbal las preguntas o pedidos de información que en forma previa formule cada bloque legislativo, debiendo ser las mismas relacionadas con acciones de gobierno o información del año sobre el cual se rinde cuentas.
ARTÍCULO 3°.- Cada Bloque podrá formular las preguntas y solicitudes de información, sin límite de cantidad, debiendo ser entregadas ante la Secretaria del Honorable Concejo Deliberante hasta el último día hábil del mes de agosto de cada año, salvo cuestiones de urgencia que justifiquen una petición fuera del plazo establecido.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese y archívese. Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Zárate, a los veinticuatro días del mes de Octubre de dos mil veinticuatro.