Boletines/Zárate

Decreto Nº904/24

Decreto Nº 904/24

Zárate, 30/12/2024

Visto

La Ordenanza Nº 5219, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Zárate, en fecha 19/12/2024; y-

Considerando

Que, mediante la Ordenanza Nº 5206, citada en el Visto, el Honorable Concejo Deliberante del Partido de Zárate prorroga desde el 1º de enero de 2025 y hasta el 31 de diciembre de 2025 la vigencia de las Ordenanzas Nº 5074 y Nº 5006;

Que, de acuerdo a lo establecido por el Artículo 108º-Inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto-Ley 6769, corresponde al Departamento Ejecutivo su promulgación;

Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias;

 

 

D E C R E T A

ARTICULO 1º.- Promúlguese la Ordenanza Nº 5219.-

ARTICULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno, Dn. IGNACIO JERONIMO SUAREZ OGALLAR.-

ARTICULO 3º.- Regístrese, Comuníquese, publíquese y archívese.-

CORRESPONDE A EXPTE. Nº 4121 – H.C.D. 515/24.-

 

VISTO:

Las Ordenanzas Nº 5005 y 5074 (emergencia en seguridad ciudadana) y N° 5006 y 5050 (emergencia ígnea); y,

 

CONSIDERANDO:

Que por Ordenanza Nº 5005 se declaró en el ámbito del Municipio de Zárate la Emergencia en Seguridad Ciudadana por el término de doce (12) meses desde la promulgación, ocurrida el día 10 de febrero de 2023, la que fuera prorrogada la vigencia por Ordenanza Nº 5074 hasta el 31 de diciembre de 2024;

 

Que por Ordenanza Nº 5006 se declara la Emergencia Ignea en el Partido de Zárate hasta el 13 de enero de 2024, la que fuera prorrogada por Ordenanza Nº 5050 por el término de un (1) año, a partir del primer día de enero de 2024;

 

Que dada la cercanía del vencimiento del plazo de vigencia prorrogado por las Ordenanzas N° 5074 y 5050, el Municipio de Zárate considera necesario mantener la vigencia de las mencionadas Ordenanzas mediante la prórroga de las mismas, por lo que corresponde proceder a aprobar una nueva prórroga de las Ordenanzas N° 5074 y 5006, hasta el día 31 de diciembre de 2025;

 

Por ello, El HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE ZÁRATE, en uso de las facultades que le son propias sanciona la siguiente:

 

O R D E N A N Z A Nº 5 2 1 9.-

 

ARTÍCULO 1°.- Prorrógase desde el 1° de enero de 2025 y hasta el 31 de diciembre de 2025 la vigencia de la Ordenanza N° 5074.- 

 

ARTÍCULO 2°.- Prorrógase desde el 1° de enero de 2025 y hasta el 31 de diciembre de 2025 la vigencia de la Ordenanza N° 5006. 

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese. Dado en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Zárate, a los diecinueve días del mes de Diciembre de dos mil veinticuatro.