Boletines/Trenque Lauquen

Ordenanza Nº4812/18

Ordenanza Nº 4812/18

Trenque Lauquen, 15/06/2018

ORDENANZA

Artículo 1º.-) Otórgase en concesión de uso a la "COOPERATIVA LIMITADA DE PROVISIÓN DE SERVICIOS ELÉCTRICOS, OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, ASISTENCIALES Y CRÉDITOS, VIVIENDA Y CONSUMO DE TRENQUE LAUQUEN", un terreno en el Cementerio de la localidad de Trenque Lauquen ubicado en el Sudoeste del Cementerio, de acuerdo al croquis adjunto. Dicho sector se encuentra actualmente desocupado.

Artículo 2º.-) La concesión de uso se otorga para la construcción de 48 nichos.

Artículo 3º.-) El plazo de concesión será de treinta (30) años, contando a partir de la sanción de la presente Ordenanza. A su vencimiento, la edificación y las demás mejoras existentes quedarán en forma automática, dentro del patrimonio municipal sin derecho por parte de la Cooperativa a reclamar indemnización alguna.

Artículo 4º.-) La Municipalidad se reserva el ejercicio de la Policía Mortuoria a través de la dependencia administrativa que corresponda. En tal sentido fiscalizará todo lo relativo a inhumaciones, movimiento de cadáveres, restos y cenizas, vigilará el cumplimiento de las disposiciones sobre Cementerio en cuanto sean de aplicación y en particular la Ordenanza Municipal 4576/16 que reglamenta el funcionamiento de los Cementerios en el Partido de Trenque Lauquen.

Artículo 5º.-) La presente concesión de uso es sin perjuicio de los derechos que le corresponde percibir a la Municipalidad por las atribuciones reservadas en el Artículo anterior, o las que resulten de la Ordenanza Fiscal e Impositiva Municipal en vigencia.

Artículo 6º.-) Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS QUINCE DÍAS DEL MES DE JUNIO DE DOS MIL DIECIOCHO.

Cr. Pablo C. Larrosa
Secretario Legislativo
Honorable Concejo Deliberante

Cr. Claudio S. Figal
Presidente
Honorable Concejo Deliberante 

Promulgación: Decreto N° 1080/18 – 22/06/18

Firma: Dr. Miguel Ángel Fernández – Intendente Municipal

Dr. Gustavo A. Marchabalo – Secretario de Gobierno.