Boletines/Trenque Lauquen

Ordenanza Nº4830/18

Ordenanza Nº 4830/18

Trenque Lauquen, 10/08/2018

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:

Atendiendo la necesidad de continuar la regularización dominial de lotes de propiedad municipal ubicados en la localidad de Trenque Lauquen, es que se elevan las presentes actuaciones.

Según lo dispuesto en la Ley 24.374 referida a la regularización dominial, resulta posible que la Municipalidad de Trenque Lauquen, como titular dominial y/o por dominio eminente de inmuebles ocupados antes del 1 de enero de 2009 por familias locales, acceda a otorgar las respectivas escrituras, en los términos del Art. 6 inc. h de dicha norma;

Este Municipio pretende la regularización dominial de tales inmuebles a favor de sus ocupantes por su carácter de interés social derivado de la situación socio-económicas de las familias afectadas;

Por lo expuesto, resulta imprescindible otorgar a los ocupantes la seguridad jurídica que implica la titularidad de dominio sobre el bien adquirido

Según lo establecido en la Ley 24.374 y la reglamentación de dicha Ley en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, el registro notarial de Regularización Dominial con competencia en este Partido de Trenque Lauquen, se encuentra facultado para intervenir en la regularización dominial como la presente;

Que para los casos en que no exista inscripción dominial a nombre del Municipio, deberá previa o simultáneamente procederse a ello, para lo cual corresponde autorizar al Departamento Ejecutivo para que dicte el/los actos administrativos respectivos a fin de determinar los inmuebles a inscribir, y cumplimentar los recaudos establecidos en la Disposición Técnico Registral N° 1/82 del Registro de la Propiedad de esta Provincia.

Por todo lo expuesto se requiere la intervención del Honorable Concejo Deliberante a sus efectos (Exp. N° 3721/00 HCD.).

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE LEY LA PRESENTE:

ORDENANZA

Artículo 1º.-) Declárese de Interés Social la regularización dominial del inmueble que se encuentra ubicado en la localidad de Treinta de Agosto, Partido de Trenque Lauquen, individualizado catastralmente como Circunscripción XIII — Sección B — Quinta 29 — Manzana 29 A — Parcela 12 — Partida 4444, a favor de la Sra. ROCA, MARÍA DNI. N° 4.555.268.

Artículo 2º.-) Facúltase al Departamento Ejecutivo a realizar el encuadre jurídico de la transferencia, en cualesquiera de los modos admitidos por el Código Civil y a realizar los trámites y/o procedimientos administrativos pertinentes, a fin del otorgamiento de la escritura traslativa de dominio del inmueble que se consignó anteriormente, a favor de la Sra. ROCA, MARÍA, en los términos del Art. 6 inc. h de la Ley 24.374. Asimismo, queda facultado el Departamento Ejecutivo para dictar los actos administrativos por los se disponga efectuar la respectiva inscripción registral del inmueble del dominio privado del Municipio que carece de ella, quedando cumplimentado por la presente Ordenanza el recaudo establecido por la Disposición Técnico Registral N° 1/82 del Registro de la Propiedad de esta Provincia.

Artículo 3º.-) Requiérase la intervención del Registro Notarial de Regularización Dominial N° 1, a los fines del otorgamiento de la escritura traslativa de dominio del inmueble que se consignó anteriormente.

Artículo 4º.-) Condónense las deudas que por tasas de alumbrado, barrido, limpieza y recolección de residuos y servicios sanitarios y derechos de conexión y ampliación de agua y/o cloacas registre el inmueble objeto de esta regularización dominial, hasta la fecha de otorgamiento de la escritura respectiva.

Artículo 5°.-) Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIEZ DÍAS DEL MES DE AGOSTO DE DOS MIL DIECIOCHO.

Cr. Pablo C. Larrosa
Secretario Legislativo
Honorable Concejo Deliberante

Cr. Claudio S. Figal
Presidente
Honorable Concejo Deliberante 

Promulgación: Decreto N° 1466/18 – 17/08/18

Firma: Dr. Miguel Ángel Fernández – Intendente Municipal

Dr. Gustavo A. Marchabalo – Secretario de Gobierno.