Boletines/Trenque Lauquen

Ordenanza Nº4838/18

Ordenanza Nº 4838/18

Trenque Lauquen, 24/08/2018

En el año 2009, por Decreto Nº 1280/09 se llamó a Concurso de Precios Nº 18/09 para la venta de 1 (un) lote de terreno designado catastralmente como Circunscripción I, Sección B, Manzana 48 d, Parcela 6, ubicado en calle Hernández entre de los Inmigrantes y Pacheco de la Ciudad de Trenque Lauquen.

Por Decreto Nº 1398/09 se adjudicó dicho inmueble al Sr. GAGNOLO, EMANUEL, en la suma de Pesos Cincuenta y Dos Mil Quinientos ($ 52.500), por ser la oferta más conveniente al interés municipal, suscribiéndose el Boleto de Compraventa respectivo.

Posteriormente se presentaron ante la Municipalidad los Sres. Sánchez, Marcelo y Sosa, Manuel, manifestando que ese terreno, dividido en dos unidades funcionales, había sido adjudicado a ellos con anterioridad al Llamado a Concurso de Precios 18/09.

Esta situación motivó la desadjudicación del Sr. Gagnolo, mediante Decreto Nº 022 del año 2010, para luego, entregarle otro terreno, identificado catastralmente como Circunscripción XVII, Sección C, Chacra 275, Fracción 7, Parcela 1, Partida 17958, y si bien se suscribió un Boleto de Compraventa, nunca se realizó la adjudicación y la correspondiente escrituración del Inmueble.

El Sr. Gagnolo ha cancelado la totalidad de la deuda que poseía en concepto de precio del terreno, solicitando al Departamento Ejecutivo la escrituración del mismo, debiendo contar a tales fines, con la Ordenanza de adjudicación.

Por lo expuesto, se requiere la intervención del Honorable Concejo Deliberante a sus efectos (Exp. N° 6437/18 HCD.).

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE LEY LA PRESENTE:

O R D E N A N Z A

ORDENANZA

Artículo 1º.-) Adjudícase en forma definitiva al Sr. GAGNOLO, EMANUEL, DNI. 31.998.494, el inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción XVII, Sección C, Chacra 275 G, Parcela 1, Partida 17958, Matrícula 2259.

Artículo 2º.-) Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir la Escritura Traslativa de Dominio del inmueble descripto en el Artículo precedente.

Artículo 3°.-) Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTICUATRO DÍAS DEL MES DE AGOSTO DE DOS MIL DIECIOCHO.

Cr. Pablo C. Larrosa
Secretario Legislativo
Honorable Concejo Deliberante

Cr. Claudio S. Figal
Presidente
Honorable Concejo Deliberante 

Promulgación: Decreto N° 1578/18 – 04/09/18

Firma: Dr. Miguel Ángel Fernández – Intendente Municipal

Dr. Gustavo Marchabalo – Secretario de Gobierno.