Boletines/Trenque Lauquen
Ordenanza Nº 4839/18
Trenque Lauquen, 24/08/2018
Se conviene en celebrar CONVENIO con el MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
Es decisión del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires adoptar todas las medidas orientadas a generar condiciones sociales que contribuyan al bienestar general de sus habitantes.
Se solicitó la colaboración del Ministerio, a efectos de poder realizar las obras destinadas a la ejecución de la Obra GERIÁTRICO EN BERUTTI.
Bregando por el bien común y servir a la comunidad, se otorga a la Municipalidad de Trenque Lauquen en concepto de subsidio, la suma de PESOS DIEZ MILLONES ($ 10.000.000) para tal finalidad.
La firma del Convenio enunciado, debe ser convalidada por el Honorable Concejo Deliberante; (Exp. N° 5528/07 HCD.).
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE LEY LA PRESENTE:
O R D E N A N Z A
ORDENANZA
Artículo 1º.-) Convalídase la firma del CONVENIO entre el MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES y la MUNICIPALIDAD DE TRENQUE LAUQUEN, consistente en un subsidio de PESOS DIEZ MILLONES ($ 10.000.000) para la ejecución de la Obra GERIÁTRICO EN BERUTTI, cuya copia pasa a formar parte de la presente como Anexo I.
Artículo 2º.-) El Departamento Ejecutivo deberá enviar al Honorable Concejo Deliberante, para su conocimiento, el proyecto de obra y cronograma con memoria descriptiva de ejecución del mismo, en un plazo de 20 días.
Artículo 3°.-) Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTICUATRO DÍAS DEL MES DE AGOSTO DE DOS MIL DIECIOCHO.
Cr. Pablo C. Larrosa
Secretario Legislativo
Honorable Concejo Deliberante
Cr. Claudio S. Figal
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Promulgación: Decreto N° 1579/18 – 04/09/18
Firma: Dr. Miguel Ángel Fernández – Intendente Municipal
Dr. Gustavo Marchabalo – Secretario de Gobierno.