Boletines/Trenque Lauquen

Decreto Nº1885/18

Decreto Nº 1885/18

Trenque Lauquen, 24/08/2018

Visto

la larga trayectoria y compromiso para con el Cine Santa Rosa de Lima, de la localidad de 30 de Agosto, de los señores Primo Pablos y Héctor Airoldes (Exp. N° 2397/96 HCD.); y

Considerando

que en 1965 se inician las funciones del cine parroquial en el centro Inschauspe, también entonces comedor parroquial de 30 de Agosto;

que en 1967, por invitación del Padre Carlos Piovesan, el Sr. Airoldes comienza a programar las funciones, proyectar y dirigir todo lo concerniente al cine, junto a un pequeño grupo en forma totalmente gratuita, siendo la primer proyección “La Cabaña del Tío Tom” el día 8 de diciembre de 1967;

que en 1974, gracias a la Comisión de Obras Parroquiales y el Grupo Juvenil, se compra la máquina de 35MM en reemplazo de la de 16MM que limitaba la cantidad de estrenos;

que en 1977 debido al éxito de las funciones, se empieza a construir la nueva sala en terrenos parroquiales, por impulso de toda la comunidad y una comisión creada a tal efecto, integrada por Nene Alagia, Primo Pablos, Paco Vicente y otros;

que los vecinos mencionados se nucleaban en casa del Señor Primo Pablos para restaurar la butacas que formarían parte de la sala del cine, diseñando también el primer telón a motor y recorriendo varios cines de la zona;

que la inauguración de la nueva sala se alcanza el 9 de mayo de 1980, sucediéndose varios estrenos;

que ante la variedad de cambios en la formas de entretenimiento de finales del Siglo XX, produjo una pausa en el funcionamiento de dicho cine en los años 90;

que para alegría de la comunidad en el año 2005 se produce el traspaso del cine, en comodato, al municipio para volver a darle funcionamiento.

que mediante el Presupuesto Participativo Municipal, se logró dotar la sala de nueva tecnología y acceder al cine digital, lo que permite los estrenos simultáneos con Buenos Aires;

que nada de lo mencionado hubiere sido posible sin el compromiso, desafío y amor por el cine de 30 Agosto que, entre otros, tuvieron y continúan teniendo el Sr. Héctor Airoldes y Primo Pablos.

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE:

D E C R E T O

Artículo 1º.-) Declárase “PERSONALIDAD DESTACADA” del Partido de Trenque Lauquen, a los Señores PRIMO PABLOS y HÉCTOR AIROLDES, por su trayectoria, compromiso y trabajo realizado en el Cine “Santa Rosa de Lima” de la localidad de 30 de Agosto, por más de 50 años.

Artículo 2°.-) Hágase entrega de la presente distinción en Sesión Especial a realizarse en la ciudad de 30 de Agosto.

Artículo 3°.-) Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS VEINTICUATRO DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.

Cr. Pablo C. Larrosa
Secretario Legislativo
Honorable Concejo Deliberante

Cr. Claudio S. Figal
Presidente
Honorable Concejo Deliberante