Boletines/Trenque Lauquen
Decreto Nº 1143/18
Trenque Lauquen, 29/06/2018
1143-18 Normativas de INGRESO Y EGRESO
Visto
El informe producido por la Dirección de Recursos Humanos y,
Considerando
QUE, resulta necesario dotar a la Dirección de Recursos Humanos de los instrumentos que posibiliten un efectivo y eficaz cumplimiento de su función de contralor de la asistencia y puntualidad del personal municipal;
QUE, resulta conveniente reunir en un acto administrativo normas e instrucciones dispersas, a los fines de asegurar una adecuada vigencia y conocimiento de las mismas tanto por parte de las jefaturas de las distintas áreas de la administración municipal como de todos los agentes dependientes de la misma;
QUE, asimismo se hace necesario establecer las obligaciones atinentes a los responsables de las distintas dependencias con relación al control asistencial del personal dependiente directamente de las mismas;
Por ello en ejercicio de las atribuciones que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TRENQUE LAUQUEN:
D E C R E T A:
ARTICULO 1º.- Todos los agentes municipales deberán registrar su ingreso y egreso diarios al lugar de trabajo mediante la utilización del sistema de tarjeta-reloj.-
ARTICULO 2º.- El personal que preste servicios en dependencias u organismos que no cuenten con relojes habilitados para tal fin, deberá registrar su ingreso y egreso mediante la firma de planillas de asistencia.-
ARTICULO 3º.- La Secretaría de Gobierno, mediante resolución fundada en cada caso, podrá eximir de la obligación de registrar el ingreso y egreso diarios a aquellos agentes que por la particularidad de sus funciones deban tomar servicio o dejar el mismo en lugares físicos distintos al de su dependencia, o que por cualquier otra circunstancia atinente al servicio, no pudieren registrar su entrada y salida diarios, previo informe pormenorizado que producirá el responsable de la dependencia, con conocimiento y conformidad del respectivo Secretario o Subsecretario.-
ARTICULO 4º.- Los partes diarios de novedades que cada dependencia debe remitir a la Dirección de Recursos Humanos, como asimismo las planillas de horas extras que se envíen a los fines de su liquidación, deberán guardar estricta concordancia con los registros de ingreso y egreso diarios del personal, constituyendo falta grave el aval por parte del responsable del área de tales partes y / o planillas en violación a lo dispuesto precedentemente.-
ARTICULO 5º.- Incurrirá en falta y será posible de sanción disciplinaria el agente que no se encuentre en el lugar de cumplimiento de sus tareas cuando se halle registrada su presencia. Cuando por razones de servicio un agente deba ausentarse de su lugar de trabajo, deberá dejar debidamente registrada su salida y eventual regreso, y contar con la correspondiente autorización escrita del responsable del área, con mención clara de los motivos de tal ausencia. Dicha autorización deberá adjuntarse al parte diario de novedades.-
ARTICULO 6º.- En todos los casos el registro de ingreso y egreso se realizará en forma personal. Incurrirá en falta grave el agente que proceda a efectuar tales registros en relación a otro agente, como asimismo el que permita, autorice o de cualquier forma facilite tales registros por parte de terceros.-
ARTICULO 7º.- La Dirección de Recursos Humanos deberá dar amplia difusión al mismo, para conocimiento de todo el personal municipal.-
ARTICULO 8º.- Regístrese. Comuníquese. Notifíquese. Publíquese. Cumplido, archivase.-
Dr. Gustavo A. Marchabalo
Secretario de Gobierno
Dr. Miguel Ángel Fernández
Intendente Municipal de Trenque Lauquen