Boletines/Magdalena
Decreto Nº 495/18
Magdalena, 03/04/2018
Visto
Las actuaciones del expediente Letra R Número 590/18 mediante las cuales MARCELO RYBACZUK– CUIT 20-17367333-8, Legajo Municipal Nº 62362, solicita la BAJA del comercio habilitado con el rubro PINTURERIA, mediante Resolución de fecha 14 de Enero de 2014, ubicado en calle RECONQUISTA E/ LIBERTAD Y SAN PABLO de la localidad de Bartolome Bavio, en virtud de haber cesado sus actividades el día 31 de octubre de 2016 y,
Considerando
Que de la documentación que se adjunta surge que se han cumplimentado los requisitos pertinentes.
Por ello
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones,
DECRETA
Artículo 1º: Autorizar y registrar a partir de la fecha, la baja municipal de comercio cuya actividad es PINTURERIA (código de actividad 62-600-01) –propiedad de MARCELO RYBACZUK– CUIT 20-17367333-8, Legajo Municipal Nº 62362, sito en el inmueble designado catastralmente como: Circunscripción VI, Sección A, Manzana 26; Parcela 1a, y partida inmobiliaria 3.184, ubicado en la Calle RECONQUISTA E/ LIBERTAD Y SAN PABLO de la localidad de Bartolome Bavio, en virtud de haber cesado sus actividades el día 31 de octubre de 2016.
Artículo 2º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.
Artículo 3º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las oficinas pertinentes, dese al registro municipal y archívese.
Fdo.
Lic. GONZALO PELUSO
Intendente Municipal
Fdo.
Dn. RODOLFO SALOMON TATA
Secretario de Gobierno