Boletines/Magdalena
Decreto Nº 978/18
Magdalena, 15/06/2018
Visto
El expediente Letra J nº 360/2018 , la Ley Orgánica de las Municipalidades, el Reglamento de Contabilidad y las Disposiciones de Administración de los Recursos Financieros y Reales para los Municipios de la Provincia de Buenos Aires establecidas por el Decreto Provincial 2980/00;y
Considerando
que el artículo 172º de la L.O.M. , art. 94º del Reglamento de Contabilidad y artículo 48º del Decreto 2980 establece la forma de contabilizar las sumas que transitoriamente pasen por la Municipalidad y el tratamiento que debe darse a las Cuentas de Terceros; rdenanza orroooo
que el día 16/12/2015 fue ingresado mediante el Recibo Nº 3097 la suma de $ 276.20.- en la Cuenta de Terceros 1849/4 “Otros Fondos de Terceros”;
que el ingreso mencionado fue imputado a dicha cuenta por tratarse de un importe originado en un interdepósito, el cual carecía de los datos suficientes que permitieran determinar su correcta imputación presupuestaria ; que a posteriori se logró reunir la documentación adicional que posibilitó determinar que el ingreso en cuestión correspondía a la Causa nº 23233 de una Multa a nombre de CORDERO Hector Oscar, y por un error involuntario se tomo a nombre de Escapil Juan Pedro,
que en consecuencia se debe efectuar las adecuaciones contables pertinenentes que reflejen la correspondiente transferencia de fondos y la correcta imputación contable ;
Por ello,
El INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Líbrese orden de pago extrapresupuestaria a favor de la Tesoreria Municipal por $ 276,20 (PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS CON 20/100) con cargo a la Cuenta de Terceros “OTROS FONDOS DE TERCEROS”( Cod. 71999), por las causas expresadas en el exordio de la presente.
ARTICULO 2º: Autorícese a la Tesorería Municipal a efectuar los ajustes e imputaciones pertinentes en virtud de lo establecido en el artículo precedente.
ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Hacienda de la Municipalidad de Magdalena.
ARTICULO 4º: Comuníquese, tomen nota las oficinas pertinentes, dése al Registro Municipal y archívese.
Fdo.
Lic. GONZALO PELUSO
Intendente Municipal
Fdo.
Cdor. ANDRES LUCIANO GARCIA
Secretario de Hacienda