Boletines/Magdalena

Decreto Nº1337/18

Decreto Nº 1337/18

Magdalena, 16/08/2018

Visto

La nota presentada por el Sr. Director de Cultura y Prensa   obrante a fs. 1 del Expte. Letra D Nº 1528/18  mediante la cual  solicita sea Declarado de Interés Municipal todas las acciones en relación al “PROYECTO ESTUDIANTIL G 20”, a desarrollarse en el distrito de Magdalena, habiendo sido declarado de Interés Provincial, y

 

Considerando

Que el mismo estará abierto a la participación de toda la comunidad educativa de la Pcia de Buenos Aires y por ende a los establecimientos educacionales del Partido de Magdalena durante el corriente año y su conclusión en el año 2019,

Que el mismo esta organizado por la Prosecretaria Administrativa de la Cámara de Senadores de la Pcia de Bs As en conjunto con la Secret.Gral de Gobierno, la Dcion de Cultura y Educación y los Municipios Provinciales,

Que como temas de desarrollo se tratarán diversas temáticas dentro de las cuales se mencionan; joven, agricultura, empleo, industria y comercio, Infraestructura, Energías Alternativas, Mujer,

Que como características del proyecto se seleccionaran tres distritos por Sección Electoral y al menos  dos escuelas por distrito,

Que el citado proyecto resalta la importancia del G20 para el País y la Provincia,

Que uno de los principales objetivos es integrar alumnos de nivel secundario que estén cursando su anteúltimo año escolar en instituciones publicas y/o privadas de la Pcia de Bs As, promoviendo una cultura de participación democrática y la búsqueda de consensos, dialogo, respeto, estimulación del trabajo en equipo,

Que para la realización del evento la Municipalidad aportara Sonido, Catering, Transporte, Publicidad entre otros,        

Por ello

EL INTENDENTE MUNICIPAL de MAGDALENA en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Declárese de INTERES MUNICIPAL todas las acciones en relación al “PROYECTO ESTUDICANTIL G 20 “, a realizarse en el Distrito de Magdalena, organizado por la Prosecretaria Administrativa de la Honorable Cámara de Senadores de la Pcia de Bs As.-

ARTICULO2º.- Los gastos a cargo del Municipio serán tomados de las Partidas correspondientes del Presupuesto de Gastos Vigente.-

ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno D. Rodolfo S. TATA.-

ARTICULO 4º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dese al Registro Municipal y Archívese.-

 

 Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno