Boletines/Trenque Lauquen

Ordenanza Nº4863/18

Ordenanza Nº 4863/18

Trenque Lauquen, 05/10/2018

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS:

De las constancias obrantes en el Expediente Administrativo Nº 2128/09 y que en fecha 25 de junio de 2014 se emitió la Resolución N° 157/14 suscripta por el Intendente Municipal Cdor. Raúl Feito mediante la cual se resolvió rechazar la solicitud del Sr. Andiarena Aníbal y suspender la tramitación del correspondiente expediente administrativo hasta tanto se expida definitivamente V.S. en autos: "Spinolo, Rubén Agustín c/ Andiarena Aníbal José s/ Reivindicación" Expte. N° 91291, en trámite ante el Juzgado de Primera Instancia N° 1 a cargo del Dr. Gustavo Néstor Bertola.

En fecha 23 de enero de 2018 el Sr. Anibal José Andiarena presenta nueva nota al Intendente Municipal Dr. Miguel Ángel Fernández, con el objeto de continuar con el trámite administrativo y así poder escriturar el inmueble denominado catastralmente como: Circ. I, Secc. C, loteo 79 B - 24 Partida: 23683, a su favor y de su esposa Achaga Alicia Lorena, quienes los habitan por más de 17 años.

A tales efectos, adjunta copias simples de las siguientes resoluciones judiciales: 1) Autos caratulados: "Andiarena, Anibal José c/ Spinolo, Rubén Agustín s/Interdictos" Expte. N° 3465/2009; 2) Autos caratulados: "Spinolo Rubén Agustín c/ Andiarena Anibal José s/ Desalojo" Expte. N° 88326; 3) Autos caratulados: "Spinolo, Rubén Agustín c/ Andiarena Anibal José s/ Reivindicación" Expte. N° 92191.

Que las causas judiciales mencionadas ut supra concluyeron todas sin éxito a favor del Sr. Spinolo Rubén Agustín, habiendo finalizado el conflicto judicial entre partes.

La Dirección de Asuntos Legales solicitó a las correspondientes áreas municipales actualización de la encuesta socio económica e informe de deuda del inmueble - denominado catastralmente como: Circ. I, Secc. C 79 B - 24 Partida: 23683. El resultado de los mismos informan que no existe deuda alguna a la fecha de la emisión del informe y se constató la permanencia habitacional de la familia compuesta por Andiarena Anibal, su esposa Achaga Alicia Lorena, y sus hijos, Andiarena Valentina y Andiarena Bautista.

La Dirección de Asuntos Legales ha emitido dictamen en el cual hace constar que corresponde dar curso a la solicitud del Sr. Andiarena, Anibal José y proceder a elevar las presentes actuaciones al Honorable Concejo Deliberante, a los efectos que evalúe si otorga la autorización de la desadjudicación del inmueble denominado catastralmente como: Circ. I, Secc. C 79 B 24 Partida: 23683 a los Sres. Spinolo, Rubén Agustín y Andiarena, Alejandra y se procede a realizar nueva adjudicación a los Sres. Andiarena Anibal José y Achaga Alicia Lorena, en su carácter de actuales ocupantes del mismo.

Por todo lo expuesto, entendemos que no subsiste impedimento alguno que justifique continuar con la suspensión del trámite administrativo del expediente de referencia y corresponde proceder a la desadjudicación y nueva adjudicación del inmueble en cuestión, conforme lo indicado en el párrafo precedente (Exp. N° 1242/93 HCD.).

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE LEY LA PRESENTE:

O R D E N A N Z A

ORDENANZA

Artículo 1º.-) Desadjudícase la vivienda del Plan Procasa V - Casa N° 24, denominada catastralmente como: Circ. I, Secc. C, Manzana 79b - Parcela 24 Partida: 107-23683, a los Sres. Spinolo Rubén Agustín, DNI 24.311.099 y Andiarena Alejandra Noemí, DNI 24.044.066.

Artículo 2º.-) Adjudícase la vivienda del Plan Procasa V - Casa N° 24, sita en Baldovino Este N° 1106, denominada catastralmente como: Circ. I, Secc. C, Manzana 79b - Parcela 24 Partida: 107-23683, a los Sres. Andiarena Anibal José, DNI 25.742.663 y Achaga Alicia Lorena, DNI 22.800.008.

Artículo 3º.-) La escritura traslativa de dominio será tramitada por la Municipalidad de Trenque Lauquen, por ante la Escribanía General de Gobierno.

Artículo 4º.-) Derógase toda norma que se oponga a la presente.

Artículo 5°.-) Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS CINCO DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECIOCHO.

Cr. Pablo C. Larrosa
Secretario Legislativo
Honorable Concejo Deliberante

Cr. Claudio S. Figal
Presidente
Honorable Concejo Deliberante 

Promulgación: Decreto N° 1911/18 – 11/10/18

Firma: Dr. Miguel Ángel Fernández – Intendente Municipal

Dr. Gustavo Marchabalo – Secretario de Gobierno.