Boletines/Magdalena

Ordenanza Nº3535/18

Ordenanza Nº 3535/18

Magdalena, 05/09/2018

V I S T O:

El Expediente letra M nº 1697/16 referido a la venta de la Parcela proveniente de la parcela 965 A Partida Inmobiliaria nº 1179 y;

C O N S I D E R A N D O:

El Art. 54º y 55º de la Ley Orgánica de las Municipalidades que faculta al Honorable Concejo Deliberante a autorizar la venta y compra de bienes de la Municipalidad, de conformidad con el artículo 159º del mismo cuerpo normativo.

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1º: Facúltese al Departamento Ejecutivo en los términos que prevé la Ley Orgánica de las Municipalidades a la enajenación del excedente fiscal designado catastralmente como Circunscripción IV, Parcela 965F, Partida 11493 y tiene como titular a la Municipalidad de Magdalena (Ley 9533 Resolución 677/80).-

ARTICULO 2º:  Fíjese el precio mínimo de licitación al resultante de la tasación del ente oficial (Banco de la Provincia de Buenos Aires) de acuerdo al art. 159º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, tomándose como base de la misma la correspondiente a la tasación que figura con fecha 16 de enero de 2017 ( $ 1.390.000) en fs. 12/16, convertido a dólares estadounidenses a fojas 50 (U$S 86335,40) debiendo fijarse como precio base en pliego de licitación en el art. 4 a fojas 28, la cantidad de pesos necesaria para la adquisición de la cantidad de dólares estadounidenses mencionada, al momento de la apertura de sobres de los oferentes.-

ARTÍCULO 3º: Comuníquese, regístrese, Archívese.-

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MAGDALENA EL DÍA  05 DE SEPTIEMBRE DE 2018.-

Registrada bajo el nº 3535/18.-

Firmado:

Raúl Gómez - Secretario HCD

Jorge Richero - Presidente HCD