Boletines/Magdalena

Decreto Nº1570/18

Decreto Nº 1570/18

Magdalena, 28/09/2018

Visto

La nota presentada por el CENTRO TRADICIONALISTA LA TOTORA, obrante a fs. 1 del expte letra C Nº 1758/18, en la cual solicitan autorización para poner en circulación dentro del Partido de Magdalena, UNA RIFA, y

Considerando

 Que  de acuerdo al informe de la Dirección de Asesoría Letrada se cumplimentaron los requisitos legales exigidos, por la Ley 9.403,  Ordenanza nº 2771/10 modificada  por Ordenanza nº 3521/18,                                

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones,

D E C R E T A

ARTÍCULO 1º: AUTORIZASE   al CENTRO TRADICIONALISTA LA TOTORA de esta localidad   a poner en circulación dentro del Partido de Magdalena, una rifa de  500 boletas con dos números de tres cifras cada boleta,   a razón de PESOS DOSCIENTOS   ($ 200)  cada  boleta,  a sortearse por la Lotería de la Ciudad  Nocturna y por los siguientes  premios  :

SORTEOS MENSUALES:

 Última jugada del mes de Noviembre del 2018 se sortearan:

PRIMER PREMIO: PESOS TRES  MIL ($ 3.000).

SORTEO ESPECIAL DIA DE LA MADRE:  

A sortearse el DIA 20 de Octubre del 2018 por la Quiniela de la Ciudad Sorteo Nocturno, se sorteará:

UNA BICICLETA FUTURA C/ canasto Rodado 26.-

SORTEO FINAL:

                    DIA 15 de Diciembre del 2018,  por los siguientes premios:

PRIMER PREMIO: UNA HELADERA C/ FREEZER LACA 300 LTS.

SEGUNDO PREMIO: UN LAVARROPA CARGA FRONTAL Patriot 5 Kg.-

TERCER PREMIO: UNA COCINA A GAS ESCORIAL BCA.-

CUARTO PREMIO; UNA CAFETERA ATMA.-

ARTÍCULO 2º: La entidad deberá depositar en una Entidad Bancaria Oficial el 25% de lo recaudado a fín de garantizar la existencia de los premios a entregar.-

ARTICULO 3º: El Centro Tradicionalista  deberá publicar en un diario de amplia difusión en la zona, los números favorecidos con los nombres de los poseedores, debiendo remitir la publicación a la Comuna.-

ARTÍCULO 4º: El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.-

ARTÍCULO 5º: Comuníquese, tomen nota las Oficinas pertinentes, dése al registro Municipal y archívese.-

 

 

 Fdo.

Lic. GONZALO PELUSO

Intendente Municipal

Fdo.

Dn. RODOLFO SALOMON TATA

Secretario de Gobierno