Boletines/Trenque Lauquen
Decreto Nº 1366/18
Trenque Lauquen, 02/08/2018
1368-18 CONTADURIA - iNSTITUTO DE LA VIVIENDA 80 VIVIENDAS
Visto
La Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto Ley 6.769/58 y sus modificatorias, el Decreto Provincial 2.980/00 y Convenio suscripto con el INSTITUTO DE LA VIVIENDA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
Considerando
Que a través del convenio mencionado, “EL INSTITUTO” transfirió un monto total de PESOS DOS MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y DOS CON 69/100 ($2.873.872,69-), para la ejecución de la obra CONSTRUCCION DE OCHENTA (80) VIVIENDAS.-
Que los recursos en cuestión revisten el carácter de aportes con afectación. -
Que el Artículo Nº 119 de la Ley Orgánica de las Municipalidades establece que “el Departamento Ejecutivo podrá practicar directamente las ampliaciones o creaciones de partidas que se financien con recursos afectados que correspondan según el monto de los recursos efectivamente autorizados o realizados y acordes con la finalidad a que deban ser aplicados los aludidos recursos afectados”.-
Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Increméntese el Cálculo de Recursos 2018 según el siguiente detalle:
Jurisdicción |
Recurso |
Importe |
1110106000 |
22.5.01.02 – Fondo Convenio Instituto de la Vivienda |
2.873.872,69 |
|
Total Recursos: |
2.873.872,69 |
ARTÍCULO 2º.- Modifíquese el Presupuesto General de Gastos vigente por creación de las partidas que se detallan a continuación:
Estructura Programática |
Fuente Financiamiento |
Imputación |
Importe |
1110106000 - 18.51.58 – 80 Viviendas Sociales |
132 |
4.2.1.0 |
2.873.872,69 |
Total Gastos: |
|
|
2.873.872,69- |
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, notifíquese, regístrese y, cumplido, archívese.-
Cdor. Pablo N. Silvani
Secretario de Hacienda
Dr. Miguel Ángel Fernández
Intendente Municipal de Trenque Lauquen