Boletines/Trenque Lauquen
Decreto Nº 1447/18
Trenque Lauquen, 14/08/2018
1447-18 Registro de Oposición Extensión Red Agua Corriente
Visto
La Ordenanza Nº 4.827/18 que declara la Utilidad Pública y Pago Obligatorio la obra de EXTENSIÓN DE LA RED DE AGUA CORRIENTE, para los inmuebles ubicados entre las calles Monferrand, Batallón 2 de Infantería, Regimiento 3 de Caballería y Francisco Carabelli, y;
Considerando
Que la Municipalidad de Trenque Lauquen cuenta con personal idóneo y experimentado para atender la problemática expuesta por los vecinos, dada por la necesidad de contar con la obra de red de agua corriente, solicitando la ejecución de la misma.-
Que conforme la citada norma, se debe abrir el correspondiente Registro de Oposición.-
Por ello, en uso de las facultades que le son propias:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN:
D E C R E T A:
ARTICULO 1º: Dispónese la apertura a partir del día 30 de Agosto de 2.018 y por el término de diez (10) días del REGISTRO DE OPOSICIÓN para los propietarios, nudos propietarios y/o poseedores a título de dueños de los inmuebles ubicados entre las calles Monferrand, Batallón 2 de Infantería, Regimiento 3 de Caballería y Francisco Carabelli de la ciudad de Trenque Lauquen cuyo croquis se agrega como Anexo I.-
ARTICULO 2º: El valor de la obra para cada obligado se establece considerando la incidencia de los metros lineales de frente, así como la incidencia de la cantidades total de los lotes beneficiados por la misma conforme al siguiente detalle:
TIPOLOGIA |
VALOR DE LA OBRA |
LOTE 40 x 50 CENTRAL |
29.327,97 $ |
LOTE 20 x 50 CENTRAL |
23.941,69 $ |
LOTE 40 x 50 ESQUINA |
42.793,66 $ |
LOTE 20 x 40 CENTRAL |
23.941,69 $ |
LOTE 20 x 30 CENTRAL |
23.941,69 $ |
LOTE 20 x 30 ESQUINA |
32.021,11 $ |
LOTE 20 X 51.125 CENTRAL |
23.941,69 $ |
LOTE 20.45 X 30 CENTRAL |
24.062,88 $ |
LOTE 20.45 X 30 ESQUINA |
32.142,30 $ |
LOTE 20.45 X 40 CENTRAL |
24.062,88 $ |
LOTE 20.45 X 40 ESQUINA |
34.835,43 $ |
ARTICULO 3º: Los valores establecidos se encuentran sujetos a la legislación vigente en la materia y la actualización de los mismos se establecerá semestralmente mediante Decreto de este Departamento Ejecutivo a partir de la evaluación que al respecto lleven a cabo la Secretaría de Hacienda junto a la Subsecretaría de Servicios Públicos de la Municipalidad de Trenque Lauquen.- La obra se financiará con el aporte solidario de los frentistas de contado o hasta en doce (12) cuotas mensuales y consecutivas.-
ARTICULO 4º: El pago será obligatorio y se deberá alcanzar un porcentaje de pago mayor al cincuenta por ciento (50%) a fin de dar comienzo a los trabajos previstos para la obra.-
ARTICULO 5º: En caso de incumplimiento por parte de los vecinos del pago de las cuotas comprometidas será de aplicación lo dispuesto por la Ordenanza Fiscal vigente. La mora se producirá de pleno derecho con el solo vencimiento de los plazos, sin necesidad de interpelación judicial.-
ARTICULO 6º: El REGISTRO DE OPOSICION estará en el Palacio Municipal, en horario administrativo de 7 a 13hs.-
ARTICULO 7º: Publíquese por 3 días en los distintos medios locales de comunicación.-
ARTICULO 8º: Comuníquese, notifíquese, regístrese, publíquese y cumplido archívese.-
Dr. Gustavo A. Marchabalo
Secretario de Gobierno
Dr. Miguel Ángel Fernández
Intendente Municipal de Trenque Lauquen