Boletines/Trenque Lauquen
Ordenanza Nº 4870/18
Trenque Lauquen, 19/10/2018
EXPOSICION DE MOTIVOS
Se somete a consideración del Honorable Concejo Deliberante el proyecto de ordenanza adjunto, a través del cual se solicita la creación del Reglamento para uso de Bibliotecas Públicas y/o Populares Municipales dentro del Partido de Trenque Lauquen.
Teniendo en cuenta que las bibliotecas constituyen un espacio básico y esencial para mantener a una población letrada y culta, además de un espacio de información y comunicación para las comunidades en que se insertan.
El presente proyecto de reglamentación de funcionamiento para bibliotecas municipales es primordial para la comunidad, y tiene como prioridad lograr un acceso fácil y dinámico a todos los ciudadanos del distrito al material disponible en cada biblioteca con el único objetivo de fomentar la lectura, investigación y creatividad, protegiendo asimismo el material de consulta disponible.
Teniendo como antecedente la misión definida por la UNESCO para las bibliotecas públicas, entendemos que las mismas deben contribuir al desarrollo integral de los miembros de una comunidad determinada y a su propia identidad, con la participación de la comunidad, actuando como puente entre la cultura acumulada y el libre acceso de dicha comunidad a la información, conocimiento y recreación.
A mayor abundamiento, la Ley Orgánica de las Municipalidades prevé en su articulado que las ordenanzas deberán responder a los conceptos de ornato, sanidad, asistencia social, seguridad, moralidad, cultura, educación, protección, fomento, conservación, entre otras; asimismo, que corresponde a la función deliberativa municipal reglamentar la instalación y el funcionamiento de establecimientos de difusión cultural, conforme arts. 25° y 27° inc. 9 L.O.M.
Por todo lo expuesto, se hace imprescindible la intervención del Honorable Concejo Deliberante. (Exp. 6450/18 HCD.)
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN ACUERDA Y SANCIONA CON FUERZA DE LEY LA PRESENTE:
O R D E N A N Z A
ORDENANZA
Artículo 1º.-) Apruébase el Reglamento de funcionamiento para las Bibliotecas Públicas y Populares Municipales.
Artículo 2º.-) Incorpórese el reglamento de funcionamiento para las Bibliotecas Públicas y Populares Municipales. Se anexa a la presente.
Artículo 3°.-) Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE A LOS DIECINUEVE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECIOCHO.
Cr. Pablo C. Larrosa
Secretario Legislativo
Honorable Concejo Deliberante
Cr. Claudio S. Figal
Presidente
Honorable Concejo Deliberante
Promulgación: Decreto N° 2064/18 – 31/10/18
Firma: Dr. Miguel Ángel Fernández – Intendente Municipal
Dr. Gustavo Marchabalo – Secretario de Gobierno.