Boletines/Trenque Lauquen
Decreto Nº 1755/18
Trenque Lauquen, 26/09/2018
1755-18 CONTADURIA - Geriátrico Berutti
Visto
La Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto Ley 6.769/58 y sus modificatorias, el Decreto Provincial 2.980/00 y Convenio suscripto con el MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PUBLICOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
Considerando
Que a través del convenio mencionado, “EL MINISTERIO” transfirió un monto total de ($2.000.000,00) PESOS DOS MILLONES, para la ejecución de la obra GERIATRICO EN BERUTTI.-
Que los recursos en cuestión revisten el carácter de aportes con afectación. -
Que el Artículo Nº 119 de la Ley Orgánica de las Municipalidades establece que “el Departamento Ejecutivo podrá practicar directamente las ampliaciones o creaciones de partidas que se financien con recursos afectados que correspondan según el monto de los recursos efectivamente autorizados o realizados y acordes con la finalidad a que deban ser aplicados los aludidos recursos afectados”.-
Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Increméntese el Cálculo de Recursos 2018 según el siguiente detalle:
Jurisdicción |
Recurso |
Importe |
1110106000 |
17.5.01.21 – Fondo Obra Geriátrico Berutti |
2.000.000,00 |
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Total Recursos: |
2.000.000,00 |
ARTÍCULO 2º.- Modifíquese el Presupuesto General de Gastos vigente por creación de las partidas que se detallan a continuación:
Estructura Programática |
Fuente Financiamiento |
Imputación |
Importe |
1110106000 - 18.54.00 – Obra Geriátrico Berutti |
132 |
4.2.1.0 |
2.000.000,00 |
Total Gastos: |
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2.000.000,00- |
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, notifíquese, regístrese y, cumplido, archívese.-
Cdor. Pablo Néstor Silvani
Secretario de Hacienda
Dr. Miguel Ángel Fernández
Intendente Municipal de Trenque Lauquen